Aviso No. 0801-2025-00681 — Aviso de demanda contenciosa administrativa contra Ministerio Público por cancelación de personal
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El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), comparecieron ante este señor HECTOR ANTONIO REYES GONZALES, interponiendo demanda Contenciosa Administrativa en Materia Especial de Personal con orden de ingreso 0801- 2025-00681, contra el ESTADO DE HONDURAS a través del MINISTERIO PÚBLICO contraída a "Que se declare mediante sentencia definitiva la nulidad e ilegalidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por separación o retiro voluntario emitido por el Ministerio Público, por contener vicios de nulidad, como el exceso de poder y la desviación de poder". Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento adoptar como medidas necesarias del derecho subjetivo vulnerado, el pago del cien por ciento (100%) de las prestaciones laborales desde la fecha de nombramiento hasta la ejecución de la sentencia, a título de daños y perjuicios la indemnización de pago de los salarios dejados de percibir con los incrementos de salario en ausencia sean estos generales o selectivos, derechos adquiridos, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y demás derechos proporcionales, desde la fecha efectiva de la cancelación hasta la fecha de ejecución de la sentencia. Interés comerciales y moratorios por el no pago de los derechos solicitados y no pagados. Índice inflacionario nacional establecido por el Banco Central de Honduras. Costas del Juicio. Se acompañan documentos. Poder". ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 20 M. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 18 de agosto del 2025. AVISO