Aviso — Aviso de demanda contencioso-administrativa - ANA BELINDA FLORES LAGOS, ROSA MARIA BERTRARD DIAZ DEL VALLE Y ADELA ELIZABETH SANTOS RAUDALES
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PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de febrero del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025) compareció ante este juzgado la Abogada FABIOLA LIZETH CANALES FIGUEROA, actuando en su condición de Representante Procesal de las señoras ANA BELINDA FLORES LAGOS, ROSA MARIA BERTRARD DIAZ DEL VALLE y ADELA ELIZABETH SANTOS RAUDALES, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento ordinario con orden de ingreso número 0801-2025-00666, en contra del ESTADO DE HONDURAS A TRAVÉS DEL MINISTERIO PÚBLICO. Contraída a solicitar: “Demanda mediante el procedimiento ordinario para que se declare la nulidad de actos administrativos de carácter particular por no ser conformes a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, consistiendo los actos impugnados en la RESOLUCIÓN 349-2025 de fecha 27 de mayo de 2025 y la RESOLUCIÓN 438-2025 de fecha 25 de julio de 2025, ambos emitidos por el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA. Se reconozca la Situación Jurídica Individualizada de mis representadas y, como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos que han sido vulnerados, se reconozca y se ordene mediante sentencia definitiva el pago de complemento de bonificación concedida según los artículos 46 y 47 del ESTATUTO DEL MÉDICO EMPLEADO con relación a las disposiciones contenidas en el artículo 120 reformado del CÓDIGO DE TRABAJO, en consonancia con lo que manda el artículo 8, numeral 5 de la Ley del Estatuto Médico Empleado. Intereses. Costas. Se acompañan documentos. Poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 24 J. 2026 _______