Aviso No. 67-2024-S.P.S. — Aviso de demanda ordinaria - Nulidad de Resolución No. 046-2024 de la Dirección General del Trabajo
Resumen
Un trabajador demanda al Estado (Secretaría de Energía) para que anulen dos decisiones administrativas que considera injustas. Busca que se reconozca su antigüedad laboral desde su primer contrato y se le paguen todas las prestaciones e indemnizaciones laborales que le corresponden según la ley.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado DANIEL ALEXANDER ORTIZ, quien actúa en condición de representante procesal del señor JESSER ASAHEL RODRIGUEZ MARTINEZ, incoando demanda ordinaria con orden de ingreso número 0801-2023-00306, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía.- "Para que se declare no ser conforme a derecho y la de uno actos administrativos de carácter particular consistente en las Resoluciones No. SEN-209-2022 de fecha 19 de octubre del año 2022 y la Resolución No. SEN 011-2023 de fecha 16 de enero del año 2023, al tenor del artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, ambas resoluciones emitidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, con vicios de anulabilidad por incurrir en infracción al ordenamiento jurídico incluso el exceso de poder y la desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada, se otorgue el reconocimiento de antigüedad laboral desde la suscripción del primer contrato de conformidad con Decreto 137-89 que reforma el artículo 3 literal M) de la Ley de Servicio Civil respetando los derechos de la estabilidad laboral y antigüedad laboral.- Una vez reconocida la antigüedad laboral se pague las prestaciones e indemnizaciones laborales contabilizando desde el primer día de ingreso a la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía en base al principio de irrenunciabilidad de derechos adquiridos.- Se relacionan medios de prueba.-Se acompañan documentos.-Se otorga poder.- En relación las Resoluciones No. SEN-209-2022 de fecha 19 de octubre del año 2022 y la Resolución No. SEN 011-2023 de fecha 16 de enero del año 2023. VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 2 M. 2024 Poder Judicial AVISO CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR