Aviso No. 0801-2022-01824 — Demanda contenciosa administrativa en materia de personal de Marco Antonio Martínez Amador contra AHAC
Resumen
Un trabajador de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil demanda al Estado para anular su despido, alegando que violó la ley y sus derechos. Solicita ser reinstalado en su puesto o uno similar, y recibir todos los salarios e beneficios que dejó de percibir desde que fue despedido.
Texto completo
Que en fecha diez (10) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado GILBERTO LEZAMA TORO, en su condición de Representante Procesal del señor MARCO ANTONIO MARTINEZ AMADOR, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01824, contra el Estado de Honduras a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No, 085-2022, de fecha 20 de octubre del año 2022. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- Que se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de ésta, por violación al principio de legalidad y el debido proceso, consistente en el reintegro del servidor público a su mismos puestos de trabajo o bien a otro de igual categoría y salario, a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, así como décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, quinquenios y demás derechos, conforme a las Leyes de la República desde la fecha de su despido hasta la fecha de su reintegro efectivo.- Documentos.- Poder. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 15 M. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 15 D E MAYO D E L 2024 N o . 36,534 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: