Aviso No. 0801-2024-00043 — Demanda de Personal por Nulidad de Acuerdo de Cancelación contra SENAF
Resumen
Una empleada de SENAF demanda al Estado para anular su despido de diciembre de 2023, argumentando que fue ilegal. Solicita que la reingresen a su trabajo, le paguen todos los salarios dejados de percibir desde su despido, beneficios como aguinaldo y bonificaciones, y que el Estado asuma sus contribuciones al fondo de jubilación.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de enero de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora RUTH ABIGAIL VÁSQUEZ RAMÍREZ, quien confirió poder a los Abogados YERAL JAVIER ROQUE NUÑEZ y REINA SUYAPA CRUZ MATAMOROS, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00043, contra el Estado de Honduras a través de la DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF) ahora SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENAF). Para que se declare no ser conforme a derecho y en su caso se declare nulo un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 478-2023, de fecha 21 de diciembre de 2023, emitido por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo u otro de igual categoría y jerarquía, se condene al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea efectivamente reintegrada al cargo indicado, incluyendo los colaterales consistente en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificaciones, pago de salario mensual adicional otorgado anualmente, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a mi cargo, aumentos salariales que se devenguen durante dure el proceso, que se asuma la cuota correspondiente a la Secretaría de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) en lo referente al pago en el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), con especial condena en costas, se acompañan documentos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO. 30 M. 2024