Aviso No. 0801-2024-00342 — Aviso de demanda contencioso-administrativa de ilegalidad y nulidad de acto administrativo contra Ministerio Público
Resumen
Este aviso notifica una demanda legal presentada contra el Estado de Honduras por una trabajadora pública que fue separada de su cargo de forma ilegal. El juzgado debe revisar si el despido fue correcto y, de encontrarlo ilegal, ordenar su reintegro al trabajo con pago de salarios adeudados y restauración de derechos.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), comparecieron ante este Juzgado los Abogados Eduardo José Simón Maradiaga y Guillermo Samir Peña Jiménez, en su condición de representantes legales de la señora María de la Cruz Canelas Valle, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso No.0801-2022-01338, impugnando un acto expreso de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación No. CTL-868-2022, de fecha 24 de agosto de 2022, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo separando a una servidora totalmente de manera ilegal, exceso y desviación de poder, quebrantamiento a formalidades esenciales, infracción al ordenamiento jurídico. Para que se reconozca una situación jurídica individualizada se proceda a realizar el reintegro del servidor en el puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, pago de salarios caídos y se restituyan sus derechos. Se anule el acto administrativo del sustituto del cargo, todo hasta el respectivo reintegro. Se adjuntan documentos. Poder. Costas. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 5 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 5 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,604 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO