Aviso No. 0801-2024-00334 — Demanda contencioso administrativo - Mixia Marilis Suazo Sabio
Resumen
Estos avisos publican tres demandas laborales contra el Estado hondureño por despidos alegadamente ilegales. Los trabajadores reclaman que se anulen sus cancelaciones y se ordene su reintegro con pago de salarios, beneficios y daños. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo notifica estos procesos para efectos legales.
Texto completo
A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de abril de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la abogada MARÍA MARGARITA AGUILAR REDONDO, quien actúa en su condición de Apoderada Legal del señor ERICK PLUTARCO SOUZA MOURRA, quien delega poder en el abogado JUAN ÁNGEL BENAVIDEZ PAZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00338, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número SEN-035-2024, de fecha 01 de abril de 2024, recibido en fecha 02 de abril de 2024, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), por no haber sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido, que se declare la ilegalidad y su nulidad total, que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro de mi representado a su puesto de trabajo en iguales o en mejores condiciones a las establecidas, pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde la fecha de cancelación, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue cancelado por cesantía de manera ilegal, costas del juicio, se acompañan documentos, se acredita representación. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 J. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 4 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,551 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el señor MILTON ANDRÉS AMADOR ALVAREZ, quien confirió poder al Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01286, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL. Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en el acto tácito consistente en la constancia de fecha 07 de noviembre del 2023, emitida por el jefe de Recursos Humanos del Cuartel General Naval de las Fuerzas Armadas de Honduras. Por infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales exceso y desviación de poder, por la cancelación realizada y materializada a través de un acto administrativo tácito consistente en la constancia de fecha 07 de noviembre del año 2023 extendida por el jefe de Recursos Humanos (N-1) del Cuartel General Naval, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el pago de las indemnizaciones laborales y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales, desde la fecha de la cancelación ilegal de que fui objeto, hasta la ejecución de la sentencia, se acompañan documentos costas del juicio, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado WILSON VENANCIO LAÍNEZ SÁNCHEZ, en su condición de Representante Procesal del señor CARLOS VALENTIN URBINA ZELAYA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01044, contra El Estado de Honduras a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT). Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en un acto tácito, consistente en la nota de despido de fecha 22 de agosto de 2023 y notificada en fecha 07 de septiembre de 2023, emitida por el comisionado Presidente del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT). Por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclama y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo o a otro en mejores condiciones, más los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, a título de daños y perjuicios, incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual mi representado fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo, como décimo tercero, décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones, intereses, especial condena en costas a la parte demanda y vencida en juicio en primera instancia, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial, se acompañan documentos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 4 J. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 5 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,552