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18 de octubre de 2022Vigente Descargar PDF original

Aviso — Aviso de demanda contencioso administrativa de Karla Patricia Carias Rosales

Poder Ejecutivo

  • Publicación: 18 de octubre de 2022
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Categoria: Laboral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Karla Patricia Carias Rosales demanda al Estado de Honduras para anular su despido (acuerdo 775-2022) y recuperar su puesto como Oficial Jurídico I. Solicita reinstalación, pago de salarios atrasados, pensiones, bonificaciones y otros derechos laborales desde la fecha del despido considerado ilegal.

Texto completo

El infrascrito, Secretario adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de noviembre de dos mil veintidós (2022), compareció a este juzgado la señora KARLA PATRICIA CARIAS ROSALES, quien confirió poder a la Abogada MARGARITA VALENZUELA ULLOA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01814, contra el Estado de Honduras, a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación No 775-2022, de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Se solicita reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro a mi puesto de trabajo en igual a mejores condiciones, el pago de la cuota mensual al Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios de Poder Ejecutivo INJUPEM, retroactivo durante dure el proceso, y a manera de indemnización el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación del acuerdo por ilegal, más los distintos derechos laborales conexos derivados de la interrumpida relación de servicio como, bonificaciones, vacaciones pendientes, décimo tercer mes de salario en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes de salario en concepto de compensación social, aumentos, quinquenios y cualquier otro derecho o aumento que se otorgue a los demás empleados públicos, hasta que quede firme la sentencia con el reintegro a mi puesto de trabajo como Oficial Jurídico I, en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, se reconozca mi antigüedad desde que inicie mi relación de trabajo, se acompañan documentos y se designa lugar donde obran los démas originales, se relacionan pruebas con hechos de la demanda, poder, se pide especial pronunciamiento en condena de costas a la parte demandada. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 1 N. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS