Aviso No. 0801-2022-00444 — Aviso de demanda contenciosa administrativa - Hector Alexander Hernández Gálvez contra Estado de Honduras
Resumen
Este documento contiene avisos legales de juzgados hondureños sobre demandas contra el Estado y solicitudes de títulos de propiedad. Los trabajadores demandan al gobierno por despidos que consideran ilegales, pidiendo volver a sus empleos y recibir salarios adeudados. También se publican solicitudes de personas que quieren obtener documentos legales de tierras que han poseído durante años.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de mayo del año 2022, comparece el Abogado WILMER ADAN BARAHONA LEON, representante procesal del señor HECTOR ALEXANDER HERNÁNDEZ GÁLVEZ, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022- 00444, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, incoando demanda especial en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta que ha operado por parte de la administración pública, y como medida para el restablecimiento de los derechos, que se reintegre al demandante a su antiguo puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, y en concepto de daños y perjuicios que se dejados de percibir con todos los pague los salarios aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de cancelación del acuerdo de nombramiento, hasta la ejecución de la sentencia. Se acompañan documentos. Escritura de poder para pleitos. Costas del juicio. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 9 J. 2023. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley. HACE SABER: Que el señor EUGENIO ESCALANTE, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, con residencia en El Obraje, municipio de Namasigüe, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado solicitud de Título Supletorio sobre dos bienes inmuebles, ubicados en la Aldea Santa Irene, jurisdicción de Municipio de Namasigüe, departamento de Choluteca. Lote 1) Ortofotomapa JB-14 Extensión del predio 4.38 Hectáreas. Naturaleza Jurídica SITIO SANTA IRENE O EL CACAO/ SITIO PRIVADO, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con WILL CALIX; AL SUR, con FIDELIN A ZEPEDA, MARCOS MENDEZ, ENCAJONADA DE ACCESO; AL ESTE, con PATRICIO ZEPEDA, FIDELINA ZEPEDA; y, AL OESTE, con MARCO MENDEZ MARIANO MENDEZ. Lote 2). Un predio ubicado en Aldea Santa Irene, municipio de Namasigüe, departamento de Choluteca, Ortofotomapa JB-14, Extensión del predio 11.71 Has aproximadamente, Naturaleza Jurídica SITIO: SANTA IRENE O EL CACAO/PRIVADO.- Con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con FIDELINA ZEPEDA, COMEDOR INFANTIL; AL SUR, con HEREDEROS DE FELIX MARTINEZ, ANGEL ZEPEDA; AL ESTE, HEREDEROS DE FELIX MARTINEZ; Y, AL OESTE, con JUSTINO CARRANZA, FIDELINO ZEPEDA y ENCAJONADA DE ACCESO.- Los presentes inmuebles antes descritos los obtuvo por compra que les hizo a los señores Antonio Peralta y Manuel Zepeda, en el año 1995 y desde entonces ha estado en posesión quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro indivisos y tiene más de veintiún años de poseerlo. Choluteca, 20 de abril del año 2023. ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 10 M., 9 J. y 10 J. 2023 _______ _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula. Cortés. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha quince de mayo del año dos mil veintitrés, la señora Francis Waldina Garcia Garcia, actuando en su condición personal, interpuso demanda contra el Estado de Honduras, por actos de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 67-2023 con correlativo No. 0501-2023-00065-LAP, en este despacho, dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare por no ser conforme a derecho y la nulidad del acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 177-2023, de fecha cinco de mayo del año dos mil veintitrés, emitido por la señora Dulce María Sanchez Villanueva, en su condición de Directora Ejecutiva de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF); asimismo, solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta de que fue objeto y como medida para el pleno restablecimiento el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio, se alega notificación defectuosa y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 29 de mayo del año 2023. Licenciado Juan Antono Madrid Guzmán Secretario General 9 J. 2023
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,250 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la abogada ARIELLE ALEXANDRA ORDOÑEZ GUANDIQUE, quien actúa en causa propia, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00517, contra el INSTITUTO HONDURENO DE TRANSPORTE TERRESTRE. Para que se declare no ser conforme a derecho y como consecuencia de ello la nulidad o en su defecto la anulación de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública contenido en la acción de personal No. 748 de fecha 30 de marzo de 2023 de cancelación por despido, emitida por el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre. Por ser ilegal en virtud que se me ha violentado el debido proceso administrativo rompiendo la relación de trabajo en forma directa y unilateral con el Estado de Honduras por haber sido separada de mi puesto de trabajo sin causa justificada, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, estableciendo el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones en la institución demandada o en su defecto en la nueva institución que sea creada o dependencia del Estado correspondiente, a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la acción de cancelación de personal número 748 hasta que en sentencia definitiva se reconozca mi reintegro al puesto de trabajo, los incrementos de salarios que se decreten, pago de décimo cuarto mes, aguinaldo, vacaciones, que se declare la nulidad del acuerdo de nombramiento del empleado que me sustituya en el cargo, apertura a pruebas, costas del juicio, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 9 J.2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (02) de mayo de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la abogada DIANA ESTEFANIA RAMIREZ CUELLAR, en su condición de apoderada legal del señor MARVIN ABNER SORTO PUERTO, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00561, contra LA SECRETARIA DE GESTION DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO). Para que se declare 1 nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública por consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 31-C-2023 de fecha 12 de abril de 2023, emitido por el Secretario de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO). Por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido y con exceso de poder, que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos y se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo de Médico General, los salarios dejados de percibir, décimo tercero, décimo cuarto mes de salario, bonificación de vacaciones desde la fecha de la cancelación arbitraria hasta que se ejecute la sentencia condenatoria, reconociéndose el salario mínimo del médico empleado y los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado por despido ilegal durante la secuela del juicio, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio, se acompañan documentos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 9 J. 2023
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,250 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en dieciséis (16) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor ERICK DONALDO REYES UCLES, en su condición personal, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL (AHAC), con orden de ingreso No.0801 2022- 01850, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en el ACUERDO NUMERO 108-2022, de fecha 31 de octubre del 2022, emitido por la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL (AHAC). Reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pleno, restablecimiento, se reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejor categoría y condiciones. A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir. Pago de los derechos adquiridos durante el transcurso del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones. - Y otros derechos que le pudieran corresponder. Condena en costas. - Petición y poder.- Se acompañan documentos TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 9 J. 2023 _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER Que en fecha cuatro (04) de enero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la señora INGRID YANIRA DERAS DÍAZ, quien confirió poder al Abogado MARVIN OSWALDO FERRERA ALVARENGA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00025, contra el Estado de Honduras a través DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR). Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación SAR No. 384-2022, de fecha 01 de diciembre de 2022, emitido por el Servicio Administración de Rentas (SAR). Se reconozca una situación jurídico individualizada del derecho subjetivo violado, como medida para restablecer mi derecho para que se me reintegre al cargo para el cual se me había nombrado y se me paguen los salarios dejados de percibir desde la fecha del ilegal acto administrativo hasta la fecha que se ejecute la sentencia que ordene mi reintegro, se acompañan documentos, con especial condena el costas, se confiere poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 9 J. 2023 _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor EDI DAMIAN MOLINA MEZA incoando demanda Contencioso Administrativo en Materia de Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01923, contra el Estado de Honduras a través del Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios (SEPRENDE) . Para que se declare la nulidad de acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, emitido con abuso y exceso de poder. - Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos que se me pague las prestaciones e indemnizaciones laborales con el reconocimiento de beneficio otorgados a los demás empleados en mi ausencia como ser incrementos salariales, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, bonos, vacaciones y salarios adeudados y a título e daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir a partir de la cancelación ilegal e injusta a la fecha de ejecución de la sentencia condenatoria.- Costas del juicio .- Se acompañan Documentos.- Petición y Poder- Condena en Costas. En relación al Acuerdo de Cancelación Número: No. 104-2022- NA. de fecha 18 de noviembre, 2022. Abg. Viky Montoya Ruíz SECRETARIO, POR LEY 9 J. 2023
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 10 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,251 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor ZOILA CAROLINA PACHECO REYES, ha solicitado Título Supletorio de los siguientes inmuebles: 1.-) Un lote de terreno con una Área de CUATRO MANZANAS CON NOVENTA Y TRES CENTESIMAS DE MANZANA, de extensión superficial (4.93 Mzs) y está ubicado en el lugar denominado SAN FRANCISCO, Municipio de Fraternidad, Departamento de Ocotepeque, y tiene la medidas y colindancias siguiente: DEL PUNTO UNO AL PUNTO DOS: Mide Noventa y un metros (91.00Mts), DEL PUNTO DOS AL PUNTO TRES: Mide Treinta y Tres Metros (33.00), DEL PUNTO TRES AL PUNTO CUATRO: Mide Ciento Sesenta y Cuatro Metros (164.00Mts), DEL PUNTO CUATRO AL PUNTO CINCO: Mide Cien Metros (100.00Mts), DEL PUNTO CINCO AL PUNTO SEIS: Mide Ciento Cuarenta y Nueve Metros (149.00Mts), DEL PUNTO SEIS AL PUNTO SIETE: Mide Dieciséis Metros (16.00Mts), DEL PUNTO SIETE AL PUNTO OCHO: Mide Dieciséis Metros (16.00Mts), DEL PUNTO OCHO AL PUNTO NUEVE: Mide Treinta y Nueve Metros (39.00Mts) DEL PUNTO NUEVE AL PUNTO DIEZ: Mide Ciento Sesenta Metros (160.00 Mts), DEL PUNTO DIEZ AL PUNTO UNO: Mide Ciento Setenta y Cuatro Metros (174.00Mts). AL NORTE, Colinda con Juventina García Reyes, antes José Erasmo Maldonado Peña; AL SUR: Colinda con calle de acceso privado de por medio con Juventina García Reyes, antes Santos Efrain Espinoza; AL ESTE, Colinda con Noé Antonio Reyes Sanabria, antes Delia Argentina Espinoza; AL OESTE, Colinda con José Erasmo Maldonado Peña.- El cual he poseído quieta, pacífica e interrumpida por más de diez años.- Ocotepeque, 01 de Marzo del año 2023.-. Abg. MARIA DOLORES LEONOR.- SRIA ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 11 A., 11 M. y 10 J. 2023 AVISO CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TITULO VALOR El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, al público en general y para efectos de la Ley HACE SABER: Que en este Juzgado en fecha once (11) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), se dictó AUTO:
- 1)
Admítase a trámite la presente Solicitud de Cancelación y Reposición de unos Títulos Valores, presentada por el abogado MARIO CESAR ACEVEDO MEJIA, en su condición de Apoderado Judicial de la señora MARIA SUYAPA CORDOBA HOLSEN, tendiente a que se reponga unos Títulos Valores consistente de Acciones:
- a)
Título de Acción número 0012 de fecha dieciocho (18) de abril del año dos mil dos (2002), por 766 Acciones,
- b)
Título de Acción número 0160 de fecha nueve (09) de abril del año dos mil dos mil diez (2010), por 317, Acciones,
- c)
Título de Acción número 0161 de fecha nueve (09) de abril del año dos mil dos mil diez (2010), por 1,444 Acciones, haciendo un total de 2,527 acciones con un valor nominal de CIEN LEMPIRAS (L.100.00) cada una, en la Sociedad Mercantil ALMACENES DE DEPOSITO S.A. (ALDESA), a nombre de la señora MARIA SUYAPA CORDOBA HOLSEN.
- a)
- 2)
Por medio del funcionario respectivo Notifíquese al señor MANUEL ANDRES MEDINA PAREDES en su condición de Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Sociedad Mercantil denominada ALMACENES DE DEPOSITO S.A. (ALDESA) debiendo dicho funcionario hacerle saber que tiene el término de quince (15) días a fin de que pueda oponerse a la cancelación y, en su caso, al pago o reposición de los títulos, advirtiéndole, además, que si dentro del término antes señalado no niega tales hechos, o la calidad que se les atribuye en la propia solicitud, se presumirá que firmaron el documento con el carácter que se les atribuyó;
- 3)
Publíquese un extracto de solicitud en el Diario Oficial La Gaceta, con las inserciones necesarias del caso;
- 4)
Téngase por delegado el poder con que actúa el compareciente en la abogada SANDRA ARACELY RAMIREZ REYES, en su condición de apoderada judicial de la señora MARIA SUYAPA CORDOBA HOLSEN, con número de colegiación 32282.-NOTIFIQUESE. Firmas y sellos, JUEZ ABG. ALLAN JOSE GARCIA MOYA, ABG. GILMA CAROLINA MALDONADO, SECRETARIA. San Pedro Sula, Cortés, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023) ABG. FERNANDO ANTONIO CANO ROMERO SECRETARIO ADJUNTA 10 J. 2023
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 12 D E J U N I O D E L 2023 N o . 36,252 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución número 259-2023 de fecha 23 de mayo del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil PROMOCIÓN MÉDICA HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, como concesionaria de la empresa concedente DIAGNOSTIC GRIFOLS, S.A. de nacionalidad española, como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, para importar, comercializar y distribuir los productos fabricados y/o comercializados por Diagnostic Grifols, de conformidad con los términos y condiciones del contrato de distribución suscrito, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS por tiempo DEFINIDO hasta el 01 de agosto del 2025. (F) y (S) CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO. Subsecretaria de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior Delegado mediante Acuerdo No. 141- 2022. (F) y (S) NANCY JULISSA ROMERO REYES. Encargada de la Secretaría General. Acuerdo Ministerial No. 043-2023. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” dentro del plazo establecido en el artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que el interesado convenga, se le extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los treinta y un (31) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 12 J. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de julio del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor Cesar Fernando Vigil Molina, en su condición personal, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), con orden de ingreso No.0801-2022-00682, para que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía SEN-075-2022, de fecha treinta (30) de junio del año dos mil veintidós (2022), emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN).- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por cancelación ilegal e injusta del Acuerdo de Nombramiento.- Adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento entre ellas el reintegro al cargo o a un puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones. A título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir, aumentos de sueldo, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes de salario, y beneficios colaterales desde la fecha de cancelación hasta la fecha de reintegro.- Derechos adquiridos.- Costas.- Se acompaña documentos.- Petición y poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 12 J. 2023 ______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.
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