Aviso No. 0801-2024-00691 — Demanda Contenciosa Administrativa en Materia de Personal contra Servicio de Administración de Rentas
Resumen
Un juez recibió dos demandas de empleados públicos contra el Estado de Honduras (una contra Salud y otra contra el SAR) para anular sus despidos. Los demandantes piden que los reinstalen en sus puestos de trabajo con todos los beneficios perdidos, incluyendo salarios atrasados, aguinaldo, compensación social y aumentos salariales desde la fecha del despido.
Texto completo
Que en fecha once (11) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado JACOBO JOSE FONSECA GUZMAN, actuando en su condición de representante procesal del señor TIRZO ISRAEL GODOY TORRES, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, para la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular en materia personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico el Acuerdo número 3832-2024 de fecha 21 de agosto del año 2024 dictado por Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro al puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que se reintegre a mi representado en su puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado. - Aumentos salariales que se generen durante su ausencia. - Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar. - Se acompañan documentos. - Se acredita representación. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 10 J. 2025 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 11 D E J U N I O D E L 2025 N o . 36,861 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de abril del dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado la Abogada MARCELA AYES CALLEJAS, en condición de Apoderado Legal del Señor GERARDO JOSUÉ CÁCERES GOMEZ, incoando demanda Contencioso Administrativo en Materia de Personal registrada bajo el número de ingreso 0801- 2025-00294, contra el Estado de Honduras, a través de la Servicio de Administración de Renta (SAR). "-Se promueve Demanda Especial en materia de personal para la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular, consistente el Acuerdo de Cancelación Sar-Nº-150-2025; que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras, a través del Servicio de Administración de Rentas (SAR), al reintegro de mi representado a su puesto de trabajo, en igual o mejores condiciones; y, a título de daños y perjuicios, se condene al pago de los salarios dejados de percibir, junto con el reconocimiento de los demás derechos colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo. décimo cuarto mes en concepto de compensación social e incrementos salariares otorgados a los empleados del sector público, ajuste salarial anual conforme al porcentaje de costo de vida indicado por El Banco Central de Honduras (BCH) y bonificación de vacaciones, mismos que deberán ser calculados desde la fecha de cancelación hasta que materialice el reintegro. - Se acredita representación. - Se acompañan documentos. - Costas". En relación: El acto que se impugnan consiste en el Acuerdo SAR-No.150-2025 de fecha 18 de marzo del 2025. VIKY MONTOYA SECRETARIA ADJUNTA 11 J. 2025