Aviso — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - DANIELA ARIANA HURST SPEARS y HERNÁN ALBERTO ALVAREZ CUEVAS contra Secretaría de Salud
Poder Judicial
- Publicación: 1 de enero de 2013
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Administrativo
Resumen
Un juzgado anuncia una demanda contra la Secretaría de Salud presentada por Karen Tosta Domínguez el 17 de marzo de 2025. La demanda cuestiona un acuerdo administrativo que canceló su cargo de registradora adjunta en el Instituto de la Propiedad, pidiendo que se declare nulo, que sea reintegrada al cargo y reciba todos los salarios y beneficios no pagados.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la señora KAREN ERENIA TOSTA DOMINGUEZ, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801- 2025-00219, para que se declare nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el Acuerdo N.CI-IP-104-2025; de fecha diecisiete de febrero del año dos mil veinticinco, emitido por la Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad, por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, así como por contener vicios de nulidad. - Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violentado, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de registradora adjunta o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuvieran los puestos durante la secuela del juicio, más el pago de derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones, en aplicación al artículo 22 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.- Poder. Se acompañan documentos.- ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 25 J. 2025 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretario(a) Adjunto(a) del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: