VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2026-00447 | 24 de febrero de 2026 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2026-00447 — Demanda Contencioso Administrativa de Personal - Gissela Yaneth Alvarado Osorio

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Resumen

Una empleada de SEDESOL demanda al Estado de Honduras para anular su despido ilegal del cargo de Oficial Administrativo I. Solicita ser reintegrada, recibir sus salarios no pagados desde febrero 2026 y reconocimiento de antigüedad. El juzgado admitió la demanda el 10 de marzo de 2026.

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 16 de marzo del 2026. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de marzo del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado la señora GISSELA YANETH ALVARADO OSORIO, con orden de ingreso número 0801-2026-00447, contra del ESTADO DE HONDURAS a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL (SEDESOL), se interpone demanda contencioso administrativa en materia especial de personal, se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 092-SEDESOL-2026, efectivo a partir del once (ll) de febrero de dos mil veintiséis (2026), emitido en fecha veintitrés (23)de febrero de dos mil veintiséis (2026) y notificado en fecha veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026), se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo funcional como Oficial Administrativo I de cual fue ilegalmente cancelado a uno de mejor categoría. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación inició hasta la fecha en que quede firme la sentencia, se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrado al cargo con reconocimiento de su antigüedad en el mismo y demás derechos correspondientes establecidos en el acápite de "petición" de la presente demanda, se acompañan documentos, se designa o señala lugar donde obran otros documentos originales se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas, se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada.- Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 19 M. 2026. _____

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