Aviso No. 0801-2023-00200 — Demanda de nulidad de acuerdo de cancelación - Administración Aduanera
Resumen
Un empleado demanda ante los tribunales para anular su despido de la Administración Aduanera de Honduras, argumentando que fue ilegal. Busca ser reintegrado a su puesto y recibir los salarios, bonificaciones y beneficios laborales que dejó de percibir desde su cancelación hasta que exista sentencia final.
Texto completo
Que en fecha 30 de enero del año 2023 comparece el abogado Javier Ernesto Gómez Diaz, representante procesal del señor Fabiel Obed Rivera Suazo interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023- 00200, contra la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo de cancelación número Aduanas-DE-GNGTH-003-2023 de fecha nueve (9) de enero del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Dirección Ejecutiva de la Administración Aduanera de Honduras, por no ser conforme a derecho, infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de la situación jurídica individualizada.- Se ordene el reintegro a su puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser: incrementos salariales que se den en ausencia del afectado a partir de la fecha de la cancelación del acuerdo de nombramiento hasta que exista sentencia firme derivada de la presente demanda, más el pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones y aumentos.- Que se arrastre expediente administrativo.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 D. 2023 ______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: