Aviso No. 0801-2022-01344 — Demanda de nulidad de Acuerdos de Cancelación DGSC-097-2022 y DGSC-104-2022
Resumen
Dos empleados públicos demandan al Instituto de la Propiedad para anular su despido, argumentando que violó la ley. Solicitan ser restituidos en sus cargos y que se les paguen los salarios no percibidos, más otros beneficios que corresponden a empleados públicos. El juzgado publica este aviso para notificar a las partes interesadas del inicio del proceso.
Texto completo
Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada BARBARA REYES SALINAS en su condición de representante procesal de los señores MARIO EDGARDO ALVARENGA MATAMOROS, SONIA ELIZABETH NIETO MARTINEZ incoando demanda contencioso administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801-2022-01344 contra del Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, para que se declare la nulidad de actos administrativos de carácter particular consistentes en los Acuerdos de Cancelación No.DGSC-097-2022 Y No. DGSC-104-2022 por no ser conformes a derecho por infracción del ordenamiento jurídico comprendido en los artículos 53 y 54 de la Ley de Servicio Civil, 187 y 189 de su reglamento. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre ellas se ordene:
- a)
la restitución al cargo.
- b)
se condene al pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios.
- c)
así como el reconocimiento de los demás beneficios otorgados a los demás servidores o empleados públicos.
- d)
costas del juicio. Se acompañan documentos. Petición. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 13 D. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E D I C I E MBRE D E L 2023 N o . 36,408 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: