Aviso No. 0801-2025-00614 — Aviso de demanda contenciosa administrativa contra Instituto Nacional de Migración
Resumen
Estos avisos publican demandas contenciosa-administrativas presentadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo. Empleados públicos impugnan decisiones de instituciones estatales (Migración, Desarrollo, Seguridad, Instituto de la Propiedad) solicitando nulidad de actos, reintegro al cargo, pago de salarios adeudados e indemnizaciones por despidos o sanciones consideradas ilegales.
Texto completo
El infrascrito Secretario(a) Adjunto(a) del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este el Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, Representante Procesal del señor IVAN VLADIMIR ARITA ARITA, interponiendo demanda Contenciosa Administrativa en Materia Especial de Personal, con numero de ingreso 0801- 2025-00614, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, "Se presenta demanda en materia de personal impugnando un acto tácito de carácter particular consistente en nota de notificación de fecha 8 de agosto del 2025, acto emitido por el Instituto Nacional de Migración, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal separando a un servidor totalmente de manera arbitraria e ilegal, con exceso de poder, infracción al ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales, se reconozca una situación jurídica individualizada y se efectué al pago de salarios caídos y pagos indemnizatorios hasta el reintegro. Se reconozcan todos sus derechos según ley hasta el reintegro. Poder. Documentos. Cancelación del sustituto al cargo". Para la impugnación de un acto tácito de carácter particular consistente en nota de notificación de fecha 08 de agosto del 2025. SECRETARIO(A) ADJUNTO(A) ANA MARIA COLINDRES 7 E. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado RIGOBERTO LEONEL CHAVARRIA ACOSTA, en su condición Director en Juicio de la señora SANDY SUYAPA AGUILAR CASTRO, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia Ordinaria con orden de ingreso 0801-2025-00318, contra el Estado de Honduras, a través de SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO (SDE), contraída a solicitar "Se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, Resolución No. 1293-2024 de fecha trece (13) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), se reconozca la situación jurídica individualizada del reclamo administrativo para la nivelación y pago de salarios de conformidad a la categoría del puesto de trabajo en el cargo de Sugerente de Presupuestos a sus homólogos (Sugerentes de presupuestos) en otras Secretarías de Estado.- Que se reconozca cualquier aumento y demás beneficios conforme a ley.- Que se declare procedente la acción.- Se acompañen documentos.- Se confiere poder". ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 7 E. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 31 de octubre del 2025, compareció ante este Juzgado el Abogado José Alejandro Castro, actuando en su causa propia, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto Nacional de Migración, con orden de ingreso No.0801-2025-00815, “... ,a fin de que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto de carácter general consistente en la denegación presunta por silencio administrativo negativo, generado por la inacción del Instituto Nacional de Migración, en el reclamo administrativo presentado en fecha 26 de mayo del 2025, por no ser conforme a derecho, por infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales, así como por desviación y exceso de poder.- Se reconozca su situación jurídica individualizada y se ordene para el pleno restablecimiento de la misma la declaración con lugar del reclamo administrativo con número de expediente TV-26052025-1473, con el consecuente reajuste salarial, reclasificación del cargo y pago de diferencias salariales, décimos y vacaciones proporcionales, así como los daños y perjuicios estimados en la cuantía de esta demanda.- Se acompañan documentos.- Costas”. ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 7 E. 2026 ___________ ___________
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,045 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de noviembre del dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado CARLOS MAURICIO ROVELO RAMIREZ, actuando en causa propia, incoando demanda en materia personal con orden de ingreso número 0801- 2025-00882, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SEGURIDAD. Para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda en la notificación defectuosa del Acuerdo de Cancelación, ya que no la realizaron conforme a los artículos 88 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Se acompañan documentos. Condena en costas. ABG. KIMBERLY ALEXANDRA ARAUJO MONTALVAN SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2026 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 de octubre del año 2025, compareció a este Juzgado el ciudadano ANDRÉS YONARI MONCADA REYES, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el Acuerdo No. SE-IP-280-2025 de fecha 25 de septiembre del 2025, emitido por el Instituto de la Propiedad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2025-00710. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2026 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisd