Aviso No. 0801-2020-00085 — Demanda contencioso administrativa de Carmen de Jesús Hernández Turcios contra SEFIN por cancelación
Resumen
Carmen de Jesús Hernández Turcios demanda a la Secretaría de Finanzas por la cancelación de su empleo, solicitando que la corte declare ilegal el acto y la reintegre a su puesto de trabajo con todos los salarios adeudados, beneficios laborales y reconocimiento de antigüedad. Esta demanda busca restaurar su situación laboral y compensar los daños causados por su despido.
Texto completo
El infrascrito, Secretario(a) del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de enero del 2020, comparecieron ante este Juzgado el Abogado Leopoldo Enrique Romero Banegas en su condición de representante legal de la señora Carmen de Jesús Hernández Turcios, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA DE PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACION No. CTL-014- 2019, COMISION TECNICA LIQUIDADORA SEFIN- DARA, de fecha 16 de diciembre del 2019, reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria, declare el reintegro a su puesto de trabajo que desempeña indistintamente del cambio del nombre del cargo con las mismas funciones en igual o mejores condiciones por medio de la SECRETARIA DE FINANZAS, a través de la nueva institución creada ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS (AAH) (“ADUANAS”) antes DIRECCION ADJUNTA DE RENTAS ADUANERAS o con el nuevo nombre que se le denomine por el Poder Ejecutivo, o en su caso la dependencia que se le notifique y, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de terminación de la relación laboral, hasta que se produzca la reinstalación o reintegro a su puesto de trabajo, reconocimiento de antigüedad laboral, los incrementos de salarios retroactivos adeudados y futuros con sus aumento en ausencia ya sean generales o selectivos en el cargo de igual categoría, que se asigne a los de la misma labor y funciones, pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales y finalmente la nulidad del acuerdo de nombramiento del sustituto; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2020-00085. Asimismo se hace la advertencia que los legitimados, como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Kenia Maritza Castro Martínez Secretaria Adjunta 6 O. 2021. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario(a) del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: