Aviso — Aviso - Demanda Especial Personal - Viviana Abigail Rodriguez
Resumen
Una empleada presentó una demanda contra la Secretaría de Trabajo para anular su despido ilegal. Solicita ser reincorporada a su puesto, recibir los salarios no pagados desde su cancelación y otros beneficios laborales como vacaciones y bonificaciones que le corresponden.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada SHARON PAOLA BETANCOURT EGUIGURENS, representante procesal de la señora VIVIANA ABIGAIL RODRIGUEZ, con número de ingreso 0801-2025- 00777 incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Se interpone demanda especial en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por cesantía número 255- 2025 veinticuatro (24) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025) por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.– Que se reconozca situación jurídica individualizada de la titular de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de estos, se condene mediante sentencia definitiva, el reintegro de mi representada al puesto desempeñado, u otro igual o mayor rango dentro la estructura institucional.- Y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta quede firme la sentencia definitiva condenatorio. Se reconozca los incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto de cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela de juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.– Especial condena en costas a la parte vencida en juicio de primera instancia.- Poder.- Cotejo y devoluciones del mismo HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 9 D. 2025 ________