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4 de noviembre de 2009 | Poder Judicial

Aviso — Publicación de Solicitud de Marca de Fábrica - YUSCARÁN

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Resumen

Este aviso publica la solicitud de marca de fábrica "YUSCARÁN" presentada por tres personas de Tegucigalpa para proteger bebidas destiladas y licores. La marca incluye el nombre, los colores y el diseño de la etiqueta, permitiendo que sus dueños sean los únicos autorizados a usar esta marca en bebidas alcohólicas.

Texto completo

Número de Solicitud: 2022-6421 Fecha de presentación: 2022-11-01 Fecha de emisión: 13 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Jorge Alberto Mondragón Cortes, Norma Margarita Mondragón Cortes y María Julieta Mondragón Cortes. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Karla Alejandra Medal Aguilar

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN YUSCARÁN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “YUSCARÁN” así como la apariencia de los ejemplares de etiquetas; sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en las mismas.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindican los colores y la apariencia del diseño en su conjunto, tal y como se presentan en la etiqueta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aguardiente, Bebidas destiladas, licores, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16 D. 2024 2 y 17 E. 2025

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 17 DE EN ER O D E L 2025 N o . 36,742 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), interpuso demanda ante este juzgado el abogado Alexander Isaac Toscano Ramírez, Representante Procesal del señor Roger Alexsi Irías Rodríguez, con orden de ingreso número 0801-2024-00749, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, incoando demanda en materia de personal para que se declare la ilegalidad y la nulidad o en su defecto la anulación de un acto administrativo de carácter particular contenido en el Acuerdo de Cancelación No. 051-2024 de fecha 09 de septiembre del 2024, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas estableciendo el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del Acuerdo de Cancelación No. 051-2024, hasta que se reconozca el reintegro al puesto de trabajo los incrementos de salarios. Pago de décimo cuarto mes, vacaciones. Nulidad de los acuerdos de nombramientos de los empleados que se sustituyan en el cargo. - Apertura a pruebas. - Costas del juicio. - Se acompañan documentos. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 17 E. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora EBELIN AMERICA LOPEZ MARTINEZ, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en materia Personal, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que en sentencia definitiva se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular consistentes en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE- GNGTH-153-2024, de fecha diecisiete (17) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024), emitidos por el Director Ejecutivo de la Administración Aduanera de Honduras, mediante los cuales se cancela por cesantía con especial violación al debido proceso, exceso y desviación de poder, que se conceda el reconocimiento de una situación jurídica individualizada que consiste en el reintegro a su puesto en iguales o mejores condiciones de trabajo.- Pago de salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios.- Bonificaciones.- El reconocimiento de aumentos y demás derechos colaterales durante su ausencia. Costas del juicio. Se confiere poder. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 17 E. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora NORA LIZETH RODRIGUEZ LOPEZ, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00731 contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE CONSERVACIÓN FORESTAL Y VIDA SILVESTRE (ICF). Se promueve demanda para que se declare la anulación de un acto administrativo en materia de acción personal.- Reconocimiento de una situación jurídica particular individualizada y para su pronto restablecimiento se ordene el reintegro al cargo en iguales o mejores condiciones con el pago de salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios incremento salariales y demás beneficios en ausencia. - Disfrute del periodo de vacaciones adeudadas, costas del juicio.- Petición.- Se acompañan documentos. Se confiere poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 17 E.2025

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 20 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,744 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO

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