Aviso No. 0801-2024-00640 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - ASTRID IBETH MARTINEZ SALGADO
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2024-00640
- Publicación: 4 de noviembre de 2009
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Laboral
Resumen
Este aviso notifica que Astrid Ibeth Martínez Salgado presentó una demanda contra el Instituto de la Propiedad para que declare nulo un despido que considera ilegal. Solicita ser reintegrada a su puesto de trabajo, recibir los salarios no pagados desde su cancelación, prestaciones laborales y costas del juicio. El juzgado contencioso administrativo recibirá y resolverá este caso.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de agosto del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora ASTRID IBETH MARTINEZ SALGADO, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia personal con orden de ingreso 0801-2024-00640, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, contraída a solicitar “Se interpone Demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo ACUERDO CI-P-IP-091-2024 de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medida necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de encargado de control y producción, dependiente de la Dirección General de Registros del Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones y cualquier otro beneficio laboral que pudiera reconocerse.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial”. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 31 E. 2025 __________