Aviso — Reconocimiento de personalidad jurídica de SITRACLAVA
Resumen
El Estado hondureño reconoce la personalidad jurídica del Sindicato de Trabajadores Comunitarios de La Laguna Verde de Azacualpa (SITRACLAVA), otorgándole capacidad legal para actuar como organización. Este reconocimiento, inscrito en el registro oficial, permite al sindicato representar a sus miembros, firmar contratos y ejercer derechos laborales colectivos en La Laguna Verde, Santa Bárbara.
Texto completo
El señor, Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, al público en general y para los efectos de Ley, AVISA: Que en fecha trece (13) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, reconoció la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES/AS COMUNITARIAS DE LA LAGUNA VERDE DE AZACUALPA (SITRACLAVA), del domicilio de Comunidad de La Laguna Verde, municipio de Azacualpa, departamento de Santa Bárbara, el cual ha quedado inscrito en el Tomo Nº. V, Folio Nº. 783 del Libro de Registro de Organizaciones Sociales. Tegucigalpa, M.D.C., 08 de Enero de 2025 ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 10, 11 y 12 M. 2025 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 12 D E MAR Z O D E L 2025 N o . 36,788 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora WENDY JAMILETH RECONCO LÓPEZ, quien confirió poder a la Abogada LIANA RODRIGUEZ VALLADARES, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2024-00788, contra el Estado de Honduras a través de la AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA), como órgano desconcentrado de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía No. ARSA-0482-2024, de fecha 26 de septiembre de 2024, emitido por la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), por no ser conforme a derecho al haberse emitido infringiendo el ordenamiento jurídico, reconocimiento de una situación jurídica individualizada consistente en mi derecho a la estabilidad en el empleo, la adopción de medidas para su pleno restablecimiento, entre ellas se ordene mi restitución al cargo en iguales o mejores condiciones, así como el pago de:
- A)
Salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación por cesantía hasta que sea restituida; y,
- B)
pago de los demás derechos que reciban los empleados y funcionarios del ARSA durante mi ausencia, incluidos ajustes o incrementos salariales, así como los colaterales correspondientes al décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, pago de vacaciones doblemente remuneradas, costas del juicio, se acompañan documentos, petición, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO