VigenteCategoria: Administrativo
20 de enero de 2025 | Poder Judicial

Aviso — Demanda contenciosa administrativa en materia de personal contra ARSA

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este documento reúne varios avisos legales publicados en la Gaceta de Honduras entre marzo y mayo de 2025. Incluye demandas administrativas contra instituciones públicas (ARSA, municipalidades, Secretaría de Finanzas), solicitudes de títulos de propiedad, licencias comerciales y notificaciones judiciales de casos en trámite ante diversos juzgados.

Texto completo

La infrascrita. Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de agosto del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSE HELEODORO ZAMORA, apoderado legal de la señora LAURA MARINA LANDA CUBAS, contra el Estado de Honduras, a través de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), con orden de ingreso 0801-2022-00856, incoando demanda contenciosa administrativa especial en materia personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación números 123-2022, de fecha trece (13) de julio del año dos mil veintidós (2022), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley incluso con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten como medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos, se ordene a la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) el reintegro a un puesto de trabajo de igual o mejor categoría a mi representada y a títulos de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia.- Más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones no gozadas y reconocimiento de los incrementos salariales.- Condenas en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicia1.- Se acompañan documentos.- Poder.- Relacionado con el Acuerdo de Cancelación 123-2022 de fecha 13 de julio del 2022. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 12 M. 2025

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 12 D E MAR Z O D E L 2025 N o . 36,788 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha siete de febrero del año dos mil veinticinco, la Abogada Denia Geraldina Escalón Posada, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil denominada Proteína Animal Centroamericana , S. DE R.L.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2025-00014- LAO.- contra la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés representado legalmente por el Licenciado Marlon Javier Pineda Leiva, en su condición de Alcalde Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés y por Ede Representante Judicial; dicha demanda eps para la Impugnación parcial de un acto de carácter general consistente en el Plan de Arbitriosd de la Municipalidad Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, correspondiente al año Dos Mil Veinticinco.- Con suspensión del acto administrativo reclamado. Reconocimiento de situación jurídica individualizada y la adopción de la medidas necesarias con el pleno reconocimiento de las mismas-. 26 de febrero del año 2025 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 12 M. 2025. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la ley de la Jurisdicción de lo Con tencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha siete de febrero del año dos mil veinticinco, la Abogada Denia Geraldina Escalón Posada, actuando en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil denominada Cargil de Honduras, S. DE R.L.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2025-00012-LAO.- Contra la municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, representado legalmente por el Licenciado Marlon Javier Pineda Leiva, en su condición de Alcalde Municipal de la municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés y por Ede Representante Judicial; dicha demanda es para la Impugnación parcial de un acto de carácter general consistente en el Plan de arbitrios de la municipalidad Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, correspondiente al año Dos Mil Veinticinco.- Con suspensión del acto administrativo reclamado. Reconocimiento de situación jurídica individualizada y la adopción de la medidas necesarias con el pleno reconocimiento de las mismas-. 26 de febrero del año 2025 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 12 M. 2025.

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 13 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,789 _______ AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE CONSTAR: Que la señora DORIS ELENA PORTILLO ROBLES, ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguiente: Sobre un inmueble lote de terreno, ubicado en el lugar denominado Mamagua, sitio El Pedregal, municipio de Lucerna, departamento de Ocotepeque, con una extensión de TRECE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (13743.92 M2) equivalentes a UNO PUNTO TREINTA Y SIETE HECTÁREAS (1.37 Has) y limita: AL NORTE, con propiedad del señor Juan Ángel Mercado, quebrada de por medio; AL SUR, con propiedad del señor Manuel de Jesús Arrita; AL OESTE, con propiedad de la señora Soledad Dubon Maldonado, calle pública de por medio; AL ESTE, con propiedad de la señora DELMA PATRICIA MUÑOZ. El cual han poseído en forma quieta, pacífica ininterrumpidamente por más de quince años.- Representante Legal Abg. FREDY HUMBERTO CHINCHILLA. Ocotepeque, 18 de septiembre del año 2023 Abg. BLANCA CECILIA POLANCO GUZMAN JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 13 E., 13 F. y 13 M. 2025 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESAROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTACIÓN EXCLUSIVA, otorgada en la Resolución Número 225-2024 de fecha 13 de febrero del año 2025, en relación a PODER DE REPRESENTACIÓN, otorgado por la empresa Concedente de fecha 02 de enero del 2025, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de REPRESENTACIÓN EXCLUSIVO a la sociedad mercantil INTER GLOBAL LEGAL WORLD SERVICES S.A. DE C.V., con RTN No.0801 9014663347, con domicilio en colonia San Carlos, Torre San Carlos, piso #10, contiguo a la Embajada de Japón, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente REAL CASA DE LA MONEDA DE HOLANDA (KONINKLIJKE NEDERLANDSE MUNT), de nacionalidad holandesa, quedando autorizado para la provisión de monedas metálicas y cualquier otro producto del giro de la empresa; ante el gobierno, Banco Central de Honduras y las autoridades públicas y privadas hondureñas, en lo que se refiere a la participación en licitaciones públicas, privadas, solicitudes de precios, concursos, cotizaciones cualesquiera otros eventos similares o análogos, presentación y firmas de ofertas y propuestas técnicas y económicas, suscripción y firma de aclaraciones y observaciones en el acto de apertura de ofertas, y con anterioridad o posteridad a ella, suscripción y firma de contratos, declaraciones juradas, y otros documentos, subsanaciones, correspondencia informativa sobre temas consultas relacionadas con la concedente, POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025. (f) y (s) MSc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior, Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (f) y (s) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de febrero del año 2025. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA SECRETARIO GENERAL 13 M. 2025

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 13 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,789 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de enero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el abogado ROMAN PINEDA MENDOZA, incoando demanda vía procedimiento especial en materia tributaria o impositiva, con orden de ingreso número 0801- 2025-0001 contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, para la declaración de nulidad de un acto administrativo consistente en la resolución número 426- 2024, de fecha veintidós (22) de noviembre del dos mil veinticuatro (2024), emitido por la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un Acto Administrativo identificado como la resolución número 426-2024 emitida por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través del que rechazó un recurso de apelación interpuesto de forma parcial contra otra resolución emitida por el Servicio de Administración de Rentas. Se pide su ilegalidad y consecuente nulidad por infringir el ordenamiento jurídico, quebrantamientos de las formalidades esenciales y contener vicios de nulidad y anulabilidad como el exceso de poder y la desviación de poder. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se deje sin valor ni efecto una ilegal sanción o multa impuesta a mi representada procesal. Se acompañan documentos. Petición. Poder ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 13 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de junio del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el abogado WILMER ALEJANDRO RAMIREZ MADRID, en su condición de representante procesal del señor SAMUEL ORLANDO MADRID CACERES, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00489, contra el Estado de Honduras, a través del SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por ser conforme a derecho pro infringir el ordenamiento jurídico, con el quebrantamiento de la formalidades esenciales establecida en la Ley .- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Promotor de Desarrollo Comunal I dependiente de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Con el salario máximo que reciba al puesto de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Nivelación Salarial.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Daño moral. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. - Se confiere poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 271-2024 de fecha 15 de mayo del 2024. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 13 M. 2025

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 14 D E MAR Z O D E L 2025 N o . 36,790 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos, de Ley HACE SABER: Que la Abogada JEIDI SOFIA CORRALES P

Leyes relacionadas

Aviso — Demanda contenciosa administrativa en materia personal contra Administración Aduanera de Honduras por Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-074-2024
Un trabajador demanda al Estado de Honduras por su despido ilegal, solicitando que se anule el acuerdo de cancelación, se le reintegre al cargo, se paguen los salarios perdidos y se le devuelvan los beneficios de previsión social. La demanda se tramita en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo para proteger los derechos laborales violados.
Decreto | 2024
Aviso — Demanda Contenciosa Administrativa Ordinaria contra Secretaría de Trabajo y Seguridad Social
Una empresa de seguridad privada demandó a la Secretaría de Trabajo para anular una multa impuesta en 2018, argumentando que el proceso fue ilegal y violó sus derechos de defensa y debido proceso. El juzgado convoca a partes interesadas para que se pronuncien sobre este caso contencioso administrativo.
Decreto | 2025
Aviso — Demanda Contenciosa Administrativa - JONATHAN RAMIRO CANALES BERRIOS contra SAG
Jonathan Ramiro Canales Berrios demanda ante el juzgado contencioso administrativo al Estado de Honduras (a través de la Secretaría de Agricultura) para anular un acuerdo de despido que considera ilegal. Solicita ser reintegrado a su cargo como Inspector de Caza y Pesca I, recibir los salarios no pagados, prestaciones laborales y costas del juicio.
Decreto | 2025
Aviso — Demanda Contenciosa Administrativa especial en materia personal - NELSON WALTER ACOSTA VENTURA contra INAMI
Un trabajador demanda ante los tribunales para anular su despido por ARSA, alegando que fue ilegal e injusto. Solicita que le paguen su salario, vacaciones no disfrutadas, prestaciones de ley y otros derechos laborales desde la fecha del despido hasta que se resuelva el caso.
Decreto | 2025
Aviso — Demanda Contenciosa Administrativa - KEVIN SAMIR TEJEDA RODRIGUEZ contra ARSA
Un empleado demanda ante la justicia la nulidad de su despido de ARSA, argumentando que fue ilegal e injusto. Solicita que se le reconozcan todos sus derechos laborales pendientes, incluyendo salarios adeudados, vacaciones no gozadas, prestaciones de ley y indemnización por daños hasta que la sentencia sea firme.
Decreto | 2025