Aviso No. 0801-2023-01114 — Demanda contencioso administrativa en materia ordinaria contra Secretaría de Salud por nulidad de Resolución 421-2023-SS
Resumen
Este aviso legal notifica dos demandas contencioso-administrativas presentadas ante juzgados hondureños. La primera contra la Secretaría de Salud busca anular una resolución y obtener reconocimiento de antigüedad laboral y pagos de salarios adeudados. La segunda contra Relaciones Exteriores reclama la nulidad de despidos y el pago de salarios, prestaciones y daños morales a empleados públicos cesados.
Texto completo
ERRERA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2023-01114, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter particular de la administración pública consistentes en la Resolución No. 421- 2023-SS de fecha 19 de julio de 2023 y la denegatoria presunta constituida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), al no resolver dentro del plazo establecido el recurso de reposición según lo que manda el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en el reclamo administrativo para el reconocimiento de la antigüedad de la relación laboral e incrementos de salario, se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca la antigüedad de la relación laboral desde el inicio, y mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos desde el inicio de la relación laboral de cada uno de los demandantes, hasta la fecha que se ejecute la sentencia, intereses, costas, documentos, habilitación de días y horas inhábiles, delegación de poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 5 F. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de enero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este juzgado el Abogado WILSON OMAR DÍAZ FLORES, actuando en su condición de representante procesal de los ciudadanos OSCAR DANERY RIVERA MONDRAGÓN, EDGARDO BREANEL CERRATO SEVILLA, SAMUEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, GRICELDA YANETH CARIAS IZAGUIRRE Y DANERSY YADIRA TEJEDA MARTÍNEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00100, contra LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de varios actos administrativos de carácter particular de la administración pública, consistentes en los acuerdos de cancelación No. 781-SRH-2022 de fecha 20 de diciembre de 2022, No. 783-SRH-2022 de fecha 20 de diciembre de 2022, No. 838-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre de 2022, No. 813-SRH- 2022 de fecha 19 de diciembre de 2022 y No. 812-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre de 2022, emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Por no ser conformes a derecho, reconocimiento de una situación jurídica individualizada, adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos subjetivos violentados, entre ellos se ordene nuestra restitución al cargo, pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios, daño moral, reconocimiento de la antigüedad en el servicio público nivelación al cargo y demás derechos gozados por los otros servidores públicos en nuestra ausencia, como aumentos generales, índice inflacionario, quinquenios, más los intereses que de dichas cantidades resulten de forma retroactiva, indemnización por daños y perjuicios derivados del pago de honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir, costas procesales, profesionales y judiciales que resulten del presente juicio, derecho de prelación por aplicabilidad de 100 reglas de Brasilia. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 5 F. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 5 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,452 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O