Aviso No. 0801-2023-01129 — Demanda contencioso administrativa - Ileana Beatriz Bonilla, Elena Arminda Andonie y Juan David Serrano c/ Secretaría de Turismo
- Decreto: 0801-2023-01129
- Publicación: 18 de octubre de 2023
- Categoria: Laboral
Resumen
Un tribunal administrativo de Honduras anuncia una demanda presentada contra el Estado (a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores) por un despido que se alega fue ilegal. La demanda pide que se declare nulo el despido, se restituya el empleo y se pague indemnización por salarios no percibidos, prestaciones y otros beneficios desde la fecha del despido hasta la ejecución de la sentencia.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de junio del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado FERNANDO JOSE VALVERDE LOPEZ en su condición de representante procesal de la señora SOFIA VALVERDE ABREGO, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00887, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, se interpone demanda contencioso administrativa especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo particular por haberse emitido con infracción del ordenamiento jurídico como ser: La Constitución de la República, la Ley de Servicio Diplomático y Consular de Honduras y la Ley de Servicio Civil.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para el pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias del caso condenando al Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, al pago de una indemnización a título de daños y perjuicios, por concepto de prestaciones y el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de emisión del acto nulo impugnado hasta que se ejecute la sentencia, con todos los aumentos que se produzcan durante la secuela del juicio; los que deben ser calculados en divisas de libre convertibilidad vía transferencia bancaria, al tipo de cambio de dos lempiras por dólar estadonidense, a través del Banco Central de Honduras tal como lo manda la Ley, más el pago de los derechos adquiridos como ser: Vacaciones , décimo tercer mes en concepto de aguinaldo y catorceavo mes en forma completa o proporcional según sea el caso, los que deberán ser calculados de acuerdo a los últimos sueldos devengados.- Y el pago por gastos de traslado y pasajes correspondientes.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 396-SRH-2023 de fecha 04 de julio del 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 19 F. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464