Aviso No. 0801-2023-01130 — Demanda Contencioso Administrativa - Nulidad de Acuerdo de cancelación de cargo
Resumen
Un juzgado informa que se presentó una demanda para anular el despido de un empleado del Instituto de la Propiedad. El demandante pide que lo reinicien en su cargo, le paguen los salarios perdidos y beneficios desde su despido, además que se declaren nulos los nombramientos de quien lo sustituyó.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 31 de enero de 2023 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada Daniela María Gómez López, en su condición de representante procesal del señor Joaquín Leonardo Reyes Ayala, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, con orden de ingreso No.0801-2023- 01130, para la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. SE-IP-293-2023, de fecha trece (13) de julio del dos mil veintitrés (2023), emitido por la Dirección General del Catastro Nacional del Instituto de la Propiedad (cancelación del cargo).- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para establecerla se condene a la demandada al reintegro o restitución del cargo en por lo menos en igualdad de condiciones, el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del acto ilegal, hasta la fecha en que se ejecute la sentencia definitiva, reconocimiento de derechos, aumentos salariales y beneficios que sean generados en el curso del juicio, incluyendo los de previsión social como el INJUPEMP.- Así como se demanda la nulidad del nombramiento de cualquier sustituto que a la fecha del reintegro se encuentre ocupando el puesto que correspondía a su representado.- Condena en costas. ALAN MAURICIO MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 19 F. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha seis de diciembre del año dos mil veintitrés, la Abogada Melissa Paola Ayala Avelar, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil denominada Cargill de Honduras, S. DE R.L., interpuso demanda contra la Municipalidad de San Pedro Sula, departamento de Cortés; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 172-2023, con correlativo No. 0501-2023-00166-LAO, en este despacho; dicha demanda en materia ordinaria y tiene como finalidad la declaración de ilegalidad y la anulación de la resolución emitida por la Municipalidad de San Pedro Sula mediante el Punto No. 17 del Acta No. 74 de la sesión ordinaria celebrada en fecha treinta y uno de agosto del año dos mil veintitrés; asimismo solicita la compareciente que se reestablezca el derecho de defensa y debido proceso infringido. San Pedro Sula, Cortés, 31 de enero del año 2024 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 19 F. 2024 _____