Aviso No. 0801-2026-00505 — Demanda de LUIS FERNANDO HERNANDEZ URBINA contra Administración Aduanera para nulidad de acto administrativo
Resumen
Estos avisos publicados por juzgados de Honduras notifican demandas laborales contra instituciones del Estado. Trabajadores reclaman la nulidad de sus despidos argumentando que violaron la ley, y exigen ser reintegrados a sus puestos con todos sus salarios, bonificaciones y prestaciones adeudadas. Los juzgados contencioso-administrativos tramitarán estos casos para determinar si los despidos fueron legales.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de marzo del año 2026, comparecen el señor HECTOR ENRIQUE HERNANDEZ LICONA, quien confiere poder en el escrito de la demanda al Abogado DANIEL ALEXANDER ORTIZ inscrito en el Colegio de Abogado bajo el número 21356, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026-00723, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, por el procedimiento en materia de personal, se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el Acuerdo de Cancelación No. 070-2026 de fecha 05 de marzo del año 2026, dictado por el Instituto Nacional de Migración, por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita representación.- Costas. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 1 J. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha doce de marzo del año dos mil veintiséis, la señora Yenifer Corina Fernandez Bogran, interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 102-2026, en este despacho dicha demanda personal tiene como finalidad que se declare la. ilegalidad y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación No. SETRASS-178-2026, de fecha dos (02) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), por infracción de la Ley y quebrantamiento de formalidades esenciales; asimismo la cancelación ilegal e injusta que fue objeto y para el pleno restablecimiento de sus derechos, que se reintegre al cargo en igual o mejores condiciones laborales, en concepto de daños e indemnizaciones que se le paguen los sueldos dejados de percibir desde que tuvo lugar la ilegal cancelación hasta que sea ejecutada la sentencia más los aumentos, vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, se condenen al pago de las aportaciones del IHSS, pago aportaciones de INJUPEMP y al pago de costas. San Pedro Sula, Cortés, 04 de mayo del año 2026 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 1 J. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE JUTICALPA DEPARTAMENTO DE OLANCHO AVISO DE HERENCIA AB-INTESTATO