Financiero y Tributario
Decreto Legislativo No. 244-2024 — Requisitos para modificaciones entre categorías de inversión
Esta ley requiere que las instituciones presenten cuatro documentos obligatorios ante la Dirección General de Inversiones Públicas antes de cambiar la categoría de un proyecto: presupuesto aprobado, recursos disponibles, informe de ejecución acumulada y justificación del cambio solicitado. El propósito es garantizar transparencia y control en la modificación de proyectos de inversión pública, independientemente de su fuente de financiamiento.
Decreto Legislativo No. 207-2024 — Autorización a SEFIN para realizar reembolso de gastos no elegibles del Proyecto Reserva Biósfera Transfronteriza
Esta ley autoriza a SEFIN a reembolsar gastos que fueron rechazados en un proyecto ambiental transfronterizo financiado por el Banco Mundial. SEFIN debe transferir esos recursos a SERNA para completar el proyecto, aunque se continúan investigando las responsabilidades administrativas en el Tribunal Superior de Cuentas.
Decreto Legislativo No. 25-1963 — Ley del Impuesto Sobre la Renta
Esta ley regula cómo el gobierno y entidades públicas de Honduras pueden alquilar edificios e inmuebles. Establece que los alquileres se calculan por el monto anual, deben pagarse en lempiras, y limita los gastos en acondicionamiento a 250,000 lempiras anuales por edificio. También autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a contratar oficinas en el exterior para embajadas y consulados.
Decreto Legislativo — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2024
El Estado debe dedicar al menos el 10% de su presupuesto a acciones de igualdad y justicia de género. Las instituciones que participan en el Programa Ciudad Mujer deben reportar mensualmente cómo gastan estos recursos, detallando cada gasto y adjuntando documentos como contratos y facturas.
Artículo No. 176 — Autorización para solicitar desembolsos de crédito externo
Esta ley autoriza a los jefes de instituciones públicas a solicitar desembolsos de dinero de préstamos y donaciones internacionales. Sus directores y gerentes pueden hacer los trámites administrativos. El objetivo es garantizar que estos fondos se usen correctamente.
Acuerdo Ejecutivo No. 009-2023 — Acuerdo relativo a venta de mercancías en abandono
Este decreto autoriza a instituciones públicas a gestionar presupuestos, contratar deuda externa, reorganizar fondos y modernizar sistemas de pago. Afecta a todos los servidores públicos y entidades del gobierno, estableciendo límites salariales, regulando incrementos de sueldos y ordenando devoluciones de recursos no utilizados para fortalecer las finanzas del Estado.
Decreto Legislativo No. 256-2024 — Auditorías periódicas de Unidades Ejecutoras
Este decreto obliga a las entidades que ejecutan proyectos con dinero de préstamos externos a realizar auditorías periódicas y presentar los resultados ante Finanzas en máximo 15 días. El objetivo es garantizar que los recursos del crédito externo se usen correctamente.
Decreto Legislativo No. 131-98 — Ley de Estímulo a la Producción, a la Competitividad y Apoyo al Desarrollo Humano
Esta ley de 1998 estimula la producción y competitividad en Honduras mediante incentivos fiscales y regula cómo las empresas depositan contribuciones para turismo, telecomunicaciones y servicios públicos. Beneficia a empresas, instituciones públicas e industrias estratégicas al permitirles reinvertir recursos no utilizados, agilizar inversiones y acceder a financiamiento para proyectos de desarrollo económico y social.
Decreto Legislativo No. 278-2013 — Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión
Esta ley ordena las finanzas públicas de Honduras estableciendo cómo se distribuyen los ingresos del Estado. Define que organismos como la Procuraduría reciben el 10% de sus ingresos, las municipalidades recuperan el 90% de fondos recuperados por reparos, el Instituto de Migración financia su presupuesto con ingresos de pasaportes y servicios, y la Secretaría de Infraestructura recibe el 100% de ventas de energía de la hidroeléctrica José Cecilio del Valle.
Decreto Legislativo No. 239-2024 — Autorización de modificación de beneficios en Institutos de Previsión Social
Los Institutos de Previsión Social no pueden cambiar los beneficios de pensionados o jubilados sin autorización de la CNBS. Deben presentar un estudio técnico que demuestre que tienen dinero suficiente. Los aumentos de pensiones no pueden ser mayores que la inflación anual y solo se aprueban si el Instituto tiene capacidad financiera comprobada.
Decreto Legislativo No. 238-2024 — Modificaciones presupuestarias en Secretaría de Salud
Esta ley autoriza al Ministerio de Salud a reasignar presupuesto entre hospitales y centros de salud del primer nivel de atención (regiones departamentales) para optimizar recursos. Permite disminuir fondos a gestores que terminen sus servicios o convenios, trasladando esos recursos a otras unidades de salud que los necesiten.
Decreto Legislativo No. 224-2024 — Utilización de excedentes y superávit de Institutos Públicos de Previsión y Seguridad Social
Esta ley permite que los institutos de pensiones y seguridad social usen sus ganancias extras para invertir en bonos, depósitos bancarios y acciones, siguiendo reglas establecidas. Beneficia a estos institutos al permitirles hacer crecer sus fondos de manera segura. El propósito es maximizar los recursos disponibles para pagar pensiones futuras.
Decreto Legislativo No. 213-2024 — Autorización a SEFIN para emitir Letras de Tesorería
Esta ley autoriza a SEFIN a emitir Letras de Tesorería (préstamos a corto plazo) para cubrir falta temporal de dinero en caja del Estado. Estos instrumentos deben devolverse en el mismo año fiscal y no afectan el presupuesto oficial, permitiendo al gobierno gestionar sus finanzas sin crear deuda permanente.
Decreto Legislativo No. 212-2024 — Autorización a SEFIN para realizar colocaciones de saldos disponibles de emisión de títulos y valores
Esta ley autoriza a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) a vender bonos y títulos del gobierno que quedaron sin colocar anteriormente. El dinero que se obtenga podrá usarse para financiar los gastos prioritarios del gobierno según lo aprobado en el presupuesto actual.
Decreto Legislativo No. 240-2024 — Registro de readecuaciones en SIAFI y PACC
Las instituciones públicas hondureñas deben registrar en el sistema SIAFI los cambios a su plan operativo anual dentro de 30 días, validados por Planificación Estratégica. También deben ajustar sus planes de compras (PACC) con aprobación previa de la Secretaría de Transparencia para garantizar el uso correcto de recursos presupuestarios.
Resolución No. 858-2023 — Reforma del Artículo 15 de la Norma para la Gestión del Riesgo Ambiental y Social Aplicable a Instituciones del Sistema Financiero
Esta resolución modifica cómo los bancos clasifican el riesgo ambiental y social de los proyectos que financian. Ahora pueden cambiar la clasificación inicial de un proyecto solo si encuentran información nueva sobre cambios en la actividad del cliente, ubicación o destino del crédito. Esto facilita que las instituciones financieras apliquen mejor las normas de protección ambiental y social.
Decreto Legislativo No. 223-2024 — Concesión Neta de Préstamos de institutos de previsión
Esta ley ordena que cuatro institutos de pensiones (INPREMA, INJUPEMP, INPREUNAH e IPM) equilibren los préstamos que otorgan con los que recuperan, para que no haya pérdidas netas. Solo en casos especiales y con aprobación de la CNBS pueden hacer excepciones. Afecta a empleados públicos que reciben préstamos de estos institutos.
Decreto Legislativo No. 210-2024 — Facultad a SEFIN para contratar servicios especializados en operaciones de bonos soberanos externos
Esta ley permite que SEFIN contrate directamente servicios especializados para emitir y vender bonos internacionales del Estado, como bancos de inversión, asesores financieros, calificadoras de riesgo y agentes fiscales, sin seguir licitación pública. Los servicios pueden durar hasta que venza el bono y SEFIN puede asignar presupuesto para pagarlos.
Artículo No. 185 — Consideración de contrapartes nacionales en presupuestos de programas y proyectos
Esta ley obliga a las instituciones que ejecutan programas y proyectos a incluir dinero propio (contraparte nacional) en sus presupuestos. Para proyectos con crédito externo, deben aportar hasta el 10% del total; para proyectos con donaciones, hasta el 20%, preferiblemente en bienes o servicios en lugar de dinero.
Decreto Legislativo No. 214-2024 — Pagos de la Administración Central a través del Banco Central de Honduras
Esta ley establece que todos los pagos del gobierno a través del Banco Central de Honduras deben ser autorizados por la Secretaría de Finanzas mediante documentos oficiales. El BCH solo puede retirar dinero de las cuentas del gobierno con permiso expreso, excepto en casos especiales como pagos de deuda pública, en los cuales debe informar y registrar cada operación para mantener control sobre el endeudamiento.
Artículo No. 170 — Formulación y ejecución de Programas y Proyectos continuos
Esta ley establece que los programas y proyectos continuos del gobierno deben ejecutarse dentro de los límites presupuestarios establecidos, considerando el dinero recibido antes y los gastos planeados. Si un programa no tiene ingresos y gastos definidos, debe solicitar aprobación presupuestaria a través del Comité de Incorporaciones de la Secretaría de Finanzas.
Artículo No. 193 — Transferencias a instituciones del Sector Público sujetas a valores recaudados
Esta ley permite que el gobierno reduzca las transferencias presupuestarias aprobadas a instituciones públicas si no recauda suficientes ingresos durante el año. SEFIN notifica a las instituciones afectadas para que ajusten sus planes de gastos. También aplica a instituciones privadas financiadas con dinero del Tesoro Nacional.
Artículo No. 163 — Facultad de contratar fianzas individuales de fidelidad
Esta ley permite que las instituciones públicas contraten seguros de fidelidad para proteger los fondos estatales que administran sus empleados. Si un funcionario usa indebidamente bienes públicos, la aseguradora pagará al Estado y podrá cobrarle al empleado. El pago de la aseguradora no exime al funcionario de responsabilidades civiles, administrativas o penales.
Artículo No. 162 — Adquisición de Seguros conforme a Ley de Contratación del Estado
Esta ley obliga a todas las entidades públicas (Poderes del Estado, gobiernos e instituciones) a comprar seguros siguiendo reglas especiales establecidas en la Ley de Contratación del Estado y bajo supervisión de la CNBS. Además, prohíbe a los institutos de pensiones contratar seguros directamente con intermediarios para proteger sus bienes y créditos.