VigenteCategoria: Salud
Decreto No. PCM-02-2023 | 6 de enero de 2023 | La Gaceta No. 27,552
Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2023 — Declaración de Emergencia Sanitaria por presencia de Influenza Aviar
Considerandos
- 1.Que la República de Honduras es miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y en consecuencia adquiere la responsabilidad para el cumplimiento y aplicación de los acuerdos suscritos, como ser el Acuerdo Sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo MSF de la OMC), instrumento que establece las directrices para que sus países miembros establezcan sus medidas sanitarias de forma transparente y con la sustentación técnica y científica necesaria de manera que las mismas no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio.
- 2.Que de conformidad con el artículo 245 numerales 1, 2, 11, 29 y 45 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado y su representación; siendo entre sus otras sus atribuciones, cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y convenciones, leyes y demás disposiciones legales; dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley; y las demás que le confiere la Constitución y las Leyes.
- 3.Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 4.Que mediante Decreto Legislativo Número 157-94, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero de 1995, edición número 27,552, en su artículo 21, corresponde a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), establecer las acciones de emergencia que sean necesarias para el combate o erradicación de enfermedades de carácter cuarentenario, cuando exista la sospecha o confirmación de su presencia en el país. De igual manera actuará cuando las enfermedades endémicas o enzoóticas EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Leyes relacionadas
Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2023 — Declaratoria de Estado de Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar H5N1
Decreto PCM-02-2023 | 2023
Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2023 — Declaratoria de Estado de Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar
Decreto PCM-02-2023 | 2023
Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2023 — Declaración de Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar
Decreto PCM-02-2023 | 2023
Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2023 — Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar H5N1
Este decreto declara emergencia sanitaria en Honduras por 90 días para prevenir y controlar la influenza aviar H5N1 detectada en pelícanos silvestres. Autoriza al SENASA a aplicar medidas de vigilancia, control y erradicación, y permite a la Secretaría de Agricultura hacer compras urgentes directas para enfrentar la crisis y proteger la industria avícola nacional.
Decreto PCM-002-2023 | 2023
Acuerdo Ejecutivo No. J.D. 001-02-02-2023 — Ampliación de plazo para aplicación de criterios de provisiones en cooperativas de ahorro y crédito hasta 31 de diciembre de 2023
Esta ley amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 las normas de provisión (reservas de dinero) más flexibles para cooperativas de ahorro y crédito, que vencían en 2022. Beneficia a las cooperativas permitiéndoles seguir con criterios menos exigentes por la pandemia, aunque deben presentar reportes trimestrales comparando el impacto de aplicar las normas antiguas versus las nuevas.
Decreto J.D. 001-02-02-2023 | 2023