VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. PCM-078-2020 | 9 de agosto de 2020 | Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-078-2020 — Decreto Ejecutivo PCM-078-2020

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este decreto establece las facultades del Presidente de la República para dirigir la política general del Estado, representarlo y emitir acuerdos, decretos y reglamentos. Afecta a toda la administración pública centralizada y descentralizada, permitiendo al Presidente actuar solo o con su consejo de ministros para coordinar y dirigir las instituciones del Estado.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la Política General del Estado y representarlo, emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
  2. 2.Que de acuerdo a lo que establece el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.

Articulos

Articulo 11

de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.

Leyes relacionadas

Decreto Ejecutivo No. PCM-078-2020 — Prórroga de restricción a derechos fundamentales y reforma a reapertura económica
Decreto PCM-078-2020 | 2020
Decreto Ejecutivo No. PCM-078-2020 — Prórroga de Medidas de Restricción a Derechos Fundamentales y Reforma a Decreto PCM-073-2020
Decreto PCM-078-2020 | 2020
Decreto Ejecutivo / PCM No. PCM-078-2020 — Prórroga de medidas de restricción a derechos fundamentales y reforma a reapertura económica
Este decreto extiende las restricciones a derechos constitucionales hasta el 23 de agosto de 2020 por la pandemia COVID-19. Permite que negocios, iglesias y servicios reapertura gradualmente por regiones, manteniendo protocolos de bioseguridad y circulación restringida por número de cédula. Autoriza a policía a completar procesos disciplinarios pendientes durante la emergencia.
Decreto PCM-078-2020 | 2020
Decreto Legislativo No. 125-2020 — Ratificar en todas y cada una de sus partes el Decreto Ejecutivo Número PCM-078-2020
Decreto 125-2020 | 2020
PRORROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCION A DERECHOS FUNDAMENTALES. Prorrogar la restriccion a nivel nacional de las garantias constitucionales establecidas en los articulos 69, 78, 81, 84, 99 y 103 de la Constitucion de la Republica, emitida mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado numero PCM-078-2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en Fecha 09 de agosto del 2020, Edicion No. 35,338. Dicha restriccion sera efectiva a partir del veinticuatro (24) de agosto hasta el seis (06) de septiembre del 2020.
Decreto | 2020