VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 826-1979 | Congreso Nacional
Decreto Ejecutivo No. 826-1979 — Interpretación sobre domicilio del Consejo Nacional Agrario
Cadena de Modificaciones
Considerandos
- 1.Que el Artículo 138 literales c) y d) de la Ley de Reforma Agraria, contenida en el Decreto Ley N? 170 de 30 de diciembre de 1974, determinan que integrarán el Consejo Nacional Agrario, dos propietarios y dos suplentes por las Asociaciones de Agricultores y Ganaderos, e igual número de miembros por las Asociaciones de Campesinos del país, nombrados de una lista de diez candidatos que propondrán separadamente dichas Asociaciones; y el Artículo 140 del mismo ordenamiento establece los requisitos para que se reúna y adopte validamente decisiones dicho Consejo.
- 2.Que por razón del desarrollo y fortalecimiento que en los últimos años ha tenido lugar entre las Asociaciones precedentemente señaladas, algunas de las cuales funcionan separadamente, se hace necesario aumentar la representación de estas Asociaciones en el Consejo Nacional Agrario, en términos que aseguren el equilibrio democrático de los distintos sectores de la Sociedad Rural.
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Ley de Reforma Agraria ( Decreto- Ley 170-1985)
Esta ley transforma la estructura agraria de Honduras sustituyendo grandes latifundios y pequeñas parcelas por un sistema justo de propiedad y explotación de tierras. Otorga tierras a campesinos con financiamiento y asistencia técnica, expropía tierras ociosas o mal utilizadas pagando indemnizaciones mediante bonos agrarios, y regula obligaciones de propietarios rurales para garantizar uso eficiente de la tierra y producción agropecuaria.
Decreto 170-1985 | 1985
Código de Trabajo con Reformas
El Código de Trabajo de Honduras (Decreto 189 de 1959) regula las relaciones laborales entre trabajadores y patronos sobre bases de justicia social. Establece derechos y obligaciones de ambas partes, protege a trabajadores menores de edad, trabajadores domésticos y otros grupos especiales, y define normas sobre salarios, jornadas, descansos y seguridad en el trabajo. Aplica a todas las empresas excepto pequeñas explotaciones agrícolas y empleados públicos.
Decreto | 1959