ReformadaCategoria: Administrativo
Decreto No. 002-SG-2023 | 10 de octubre de 2023 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,355
Acuerdo-002-SG-2023
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Resumen
Honduras cambió la categoría de visa para ciudadanos costarricenses: ahora necesitan visa consular (en lugar de entrada sin visa) para ingresar al país. Esta medida requiere que presenten documentos como pasaporte válido, certificados médicos, antecedentes policiales y comprobantes de solvencia económica ante las representaciones diplomáticas hondureñas, en respuesta a una decisión unilateral de Costa Rica.
Cadena de Modificaciones
Modificado por:
- DerogaciónAcuerdo Ministerial No. 003-SG-2023 — Acuerdo Binacional de Suspensión de Visas entre Honduras y Costa RicaDecreto 003-SG-2023 | 24 de octubre de 2023Artículos afectados: Artículo 1
- DerogaciónAcuerdo Ministerial No. 003-SG-2023 — Cambio de categoría de visa para nacionales de Costa RicaDecreto 003-SG-2023 | 24 de octubre de 2023Artículos afectados: Artículo 1
Considerandos
- 1.Que Honduras es un Estado de derecho, constituido como República libre, soberana e independiente.
- 2.Que corresponde a la Presidenta de la República dirigir la política exterior y las relaciones internacionales.
- 3.Que es atribución de los Secretarios de Estado emitir los Decretos y Acuerdos en los asuntos de su competencia.
- 4.Que corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional formular, coordinar, ejecutar y evaluar la política exterior de Honduras y las relaciones con otros Estados.
- 5.Que la política exterior del Gobierno de Honduras está basada en el respeto internacional, la autodeterminación de los pueblos y en el principio de no intervención, teniendo como ejes transversales la defensa de la soberanía, la solidaridad, la integración y la reciprocidad.
- 6.Que el Gobierno de Costa Rica, en un acto unilateral, contrario al espíritu de hermandad y al proceso de integración centroamericana, ha incluido a Honduras en el grupo de ingreso con visa consular, contemplada en las Directrices Generales de Visas de Ingreso y Permanencia para No Residentes DG-30-10-2023, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta de Costa Rica en fecha 6 de octubre de 2023.
- 7.Que de conformidad al derecho internacional, dicha medida debió ser notificada al Gobierno de Honduras por los canales diplomáticos. EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 8.Que de conformidad al artículo 75 de la Ley de Migración y Extranjería, la visa consular será extendida por las representaciones diplomáticas y consulares de Honduras a los extranjeros.
- 9.Que el Instituto Nacional de Migración colaborará, en el ejercicio de sus funciones, practicando con diligencia y prontitud las actuaciones necesarias de carácter migratorio en la aplicación del presente Acuerdo.
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