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3 de septiembre de 2019Vigente Descargar PDF original

Acuerdo de nombramiento de la Comisión Interventora del Hospital Escuela Universitario (Decreto 45-2019)

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 45-2019
  • Publicación: 3 de septiembre de 2019
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 35,039
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo nombra a tres ciudadanos para formar una Comisión Interventora que administrará y supervisará el Hospital Escuela Universitario. Los designados deben jurar su cargo y declarar sus bienes ante autoridades, permaneciendo en el puesto según evaluación de resultados del gobierno.

Considerandos

Nombrar la Comisión Interventora del Hospital Escuela Universitario (HEU), la cual está integrada por los ciudadanos: CARMEN SUYAPA MOLINA MARTÍNEZ quien preside, EDILBERTO ENRIQUE ORTIZ CANALES y JOSÉ ARMANDO RAMÍREZ MEJÍA. La Comisión Interventora tendrá las atribuciones que establece la Ley General de la Administración Pública.

Los nombrados tomarán posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.

El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en "La Gaceta" el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA Secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización ACUERDO No. 45-2019. EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; Ley General de la Administración Pública.

Nombrar la Comisión Interventora del Hospital Escuela Universitario (HEU), la cual está integrada por los ciudadanos: CARMEN SUYAPA MOLINA MARTÍNEZ quien preside, EDILBERTO ENRIQUE ORTIZ CANALES y JOSÉ ARMANDO RAMÍREZ MEJÍA. La Comisión Interventora tendrá las atribuciones que establece la Ley General de la Administración Pública.

Los nombrados tomarán posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.

El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en "La Gaceta" el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA

Articulos

Articulo 1.-

Nombrar la Comisión Interventora del Hospital Escuela Universitario (HEU), la cual está integrada por los ciudadanos: CARMEN SUYAPA MOLINA MARTÍNEZ quien preside, EDILBERTO ENRIQUE ORTIZ CANALES y JOSÉ ARMANDO RAMÍREZ MEJÍA. La Comisión Interventora tendrá las atribuciones que establece la Ley General de la Administración Pública.

Articulo 2.-

Los nombrados tomarán posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en "La Gaceta" el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA Secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización ACUERDO No. 45-2019. EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: