VigenteCategoria: Municipal
30 de diciembre de 2019 | La Gaceta No. 35,136
Acuerdo-34-incorporar-al-plan-de-arbitrios-vigente (2022)
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Resumen
Esta ley obliga a colocar rótulos visibles en todas las obras viales (municipales o del gobierno) con el nombre de la obra, empresa financiadora y profesional responsable. Quien no cumpla paga multas: L.2,000 en primer aviso, L.5,000 en segundo y L.10,000 en tercero. Afecta a empresas y profesionales que ejecutan proyectos de infraestructura vial en Tegucigalpa.
Considerandos
- 1.Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo y legislativo de la Municipalidad y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos de conformidad con la Ley de Municipalidades. -
- 2.Que ha venido a conocimiento y aprobación de la Corporación Municipal, por parte de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Obras Civiles, la incorporación y obligación de colocar un rótulo en un lugar visible en toda obra vial (Municipal o del Gobierno Central), donde se indique el nombre, número de colegiación del responsable y ente que financia la obra, el cual deberá estar instalado en el momento que se inicia el proyecto, por parte de la persona y/o empresa ejecutora.- Planteando incorporar una sanción de dos mil lempiras (L.2,000.00) en el primer aviso, cinco mil lempiras (L.5,000.00) en el segundo aviso y diez mil lempiras (L.10,000.00) en el tercer aviso, al Artículo 101 del Plan de Arbitrios vigente, aprobado mediante Acuerdo N°.044 contenido en el Acta N°.029 de fechas once y dieciséis de diciembre del año dos mil diecinueve, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.35,136 en fecha 30 de diciembre de 2019.-
- 3.Que las Corporaciones Municipales emitirán normas de aplicación general dentro del término municipal, en asuntos de su exclusiva competencia, las que deberán comunicarse por cualquier medio idóneo tales como: prensa escrita, radio, televisión y avisos.-
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