VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 209-A-2017 | 9 de junio de 2017 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,360

Acuerdo Ejecutivo No. 209-A-2017 — Delegación de funciones en la Dirección General de Crédito Público

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este acuerdo permite que la licenciada Jania Ramírez Uclés asuma temporalmente la dirección de Crédito Público del 24 de abril al 1 de mayo de 2017, mientras el director titular asiste a un curso en Nueva York. También autoriza a la Secretaría de Finanzas a trabajar en días y horarios no laborales para notificar multas a empresas por exportaciones entre mayo y julio de 2017.

Considerandos

  1. 1.Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orienta- ción, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
  2. 2.Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudien- do delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario Ge- neral y Directores Generales, el Ejercicio de atribuciones específicas.
  3. 3.Que corresponde a los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.
  4. 4.Que la delegación de funciones dentro de la Administración Pública se establece con el pro- pósito de generar una dinámica y ágil administración en el trámite y despacho de los asuntos que ante ella se ventilen.
  5. 5.Que el actual Titular de la Direc- ción General de Crédito Público, Ingeniero Rigoberto Ro- mero Flores, mediante memorando número DGCP-DIR- 048-2017 de fecha 21 de abril de 2017, solicitó acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada Jania Ramírez Uclés, durante el periodo comprendido del lunes 24 de abril al lunes 01 de mayo de 2017, en vista que el suscrito participará en el curso de Formulación de Políticas Macrofiscales en Merca- dos Emergentes, en la Ciudad de New York, USA, impartido por la Universidad de Columbia.
  6. 6.Que los Secretarios de Estado son co- laboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y enti- dades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
  7. 7.Que los órganos de la administración desarrollará su actividad sujetándose a la jerarquía normati- va establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Admi- nistración Pública y en arreglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva sa- tisfacción del interés general.
  8. 8.Que la Ley de Procedimiento Administrativo establece en el primer párrafo su Artículo 46 lo siguiente: “Para todos los plazos establecidos en días se computarán únicamente los días hábiles administrativos, salvo disposición legal en contrario o habilitación decretada, de oficio o a petición de interesados por el órgano competente, siempre que hubiere causa urgente”. Asimismo, en su Artículo 47, primer párrafo dispone: “Se entenderán días hábiles administrativos, todos los del año, excepto los sábados en aquellas oficinas donde no se labore por disposición gubernamental, los domingos, feriados nacionales y los que mandaren que vaquen las oficinas públicas”.

Articulos

Articulo 47

, primer párrafo dispone: “Se entenderán días hábiles administrativos, todos los del año, excepto los sábados en aquellas oficinas donde no se labore por disposición gubernamental, los domingos, feriados nacionales y los que mandaren que vaquen las oficinas públicas”. POR TANTO: En aplicación de los Artículos; 1, 247 y 255 de la Constitu- ción de la República; 116, 118, 122 y 123 de la Ley General de la Administración Pública; 30, 46, 47, 87 y 88 de la Ley de Procedimiento Administrativo, estos dos últimos reforma- dos por el Artículo 2 del Decreto Legislativo No. 266-2013 de fecha 16 de diciembre de 2013. ACUERDA PRIMERO: Habilitar días y horas inhábiles durante el pe- ríodo comprendido del dos (02) de mayo al treinta y uno (31) de julio de dos mil diecisiete (2017), a la Secretaría General de esta Secretaría de Estado, para notificar mediante correo electrónico Resoluciones contentivas de Multas a empresas derivadas de exportaciones autorizadas por el Banco Central de Honduras (BCH). Asimismo, todas aquellas actuaciones que en el marco de su respectiva competencia lleve a cabo la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a par- tir de su fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. TERCERO: Hacer la Transcripción de Ley COMUNÍQUESE. WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO 225-A Tegucigalpa, M.D.C., 08 de mayo de 2017

Leyes relacionadas

Acuerdo Ejecutivo No. 556-A-2016 — Lineamientos Técnicos para la Medición de las Reglas Macrofiscales para el SPNF
Decreto 556-A-2016 | 2023
Acuerdo Ministerial No. 112-2017 — Autoriza renovación de contrato de arrendamiento y ampliación de concesión de terreno nacional a favor de BIOCULTIVOS MARINOS, S.A. de C.V.
Decreto 112-2017 | 2017
Acuerdo Ministerial No. 197-2017 — Delegación de funciones en la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras
Este acuerdo autoriza al Licenciado Carlos Humberto Ramos Flores a dirigir temporalmente la Dirección General de Control de Franquicias Aduanales del 20 al 28 de abril de 2017, mientras la directora titular asiste a un curso de capacitación en Singapur. El delegado es responsable de todas las funciones durante este período.
Decreto 197-2017 | 2017
Acuerdo Ejecutivo No. SAR-125-2022 — Clasificación de obligados tributarios en categorías de Grandes, Medianos y Pequeños Contribuyentes
Esta ley organiza a los contribuyentes hondureños en tres categorías (Grandes, Medianos y Pequeños) según sus ingresos, importaciones e impuestos pagados. Los contribuyentes medianos y grandes deben presentar sus declaraciones de impuestos por internet. La administración tributaria puede cambiar la categoría de un contribuyente según su actividad económica o situación financiera.
Decreto SAR-125-2022 | 2022
Acuerdo Ejecutivo No. 112-2020 — Nombramiento de Adan Flaubert Rodriguez Sierra como Secretario General de la Secretaría de Estado de Desarrollo e Inclusión Social
Decreto 112-2020 | 2020