VigenteCategoria: Administrativo
13 de marzo de 2019 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,894

Documentos escaneados

Considerandos

  1. 1.Que mediante el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-082-2015 del 26 de noviembre de 2015 y, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 10 de febrero de 2016, escinde la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
  2. 2.Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-083-2016 del 21 de noviembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta 22 de noviembre de 2016, el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado creó la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), como una Junta Interventora del servicio aduanero, misma que fue ampliada en sus atribuciones como una junta de transición a la nueva Administración Aduanera, creada mediante el Código Tributario, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017.
  3. 3.Que el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. PCM-083-2016 reformado mediante Decreto Ejecutivo Sección A Decretos y Acuerdos COPRISAO Acuerdo No. 42-2019 A. 1 - 2 SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL Acuerdo Ejecutivo C.G. No. 001-2019 A. 3 - 4 Sección B Avisos Legales B. 1 - 40 No. PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017, dispone que la COPRISAO como Junta Interventora y de Transición, tendrá bajo su autoridad directa la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), incluyendo el presupuesto asignado a ésta, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario. Para realizar éstas funciones se le asigna a la COPRISAO un presupues, propio para su funcionamiento dentro del presupuesto asignado a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).
  4. 4.Que conforme al Acta No. 1, Punto 5, del 24 de noviembre de 2016, se autorizó a la Presidenta de la Comisión para emitir los acuerdos de delegación que sean necesarios para los funcionarios de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA).
  5. 5.Que conforme al Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que formen parte el superior y el inferior.

Articulos

Articulo 1

Delegar a la ciudadana, SANDRA PATRICIA FLORES LOPEZ, las facultades de la Secretaría General de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), entre ellas las de: 1. Suscribir las providencias de mero trámite, constancias, certificaciones, transcripciones y demás actuaciones que, de oficio o a petición de parte, impulsen el procedimiento administrativo. 2. Autorizar las resoluciones que suscriba la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras y la Subdirección Adjunta, en el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos y aquellas que le hayan sido delegadas. 3. Efectuar las notificaciones, comunicaciones, citaciones y demás actuaciones de comunicación que son propias de la Secretaría General, conforme a la Ley General de la Administración Pública y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. 4. Realizar traslados o modificaciones presupuestarias y otros que sean responsabilidad de la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), dentro del presupuesto de la misma de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), según lo establecido en el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2017 de fecha 3 de marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 21 de marzo de 2017, en el marco de la declaratoria de emergencia en el sistema aduanero nacional, por el período de tiempo mientras se institucionaliza la Administración Aduanera, creada mediante el Código Tributario.

Articulo 2

La ciudadana, delegada es responsable del ejercicio de la función delegada y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y Reglamentos que sean aplicables.

Articulo 3

Transcribir el presente Acuerdo a la ciudadana delegada. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNIQUESE. ENY YAMILETH BAUTISTA GUEVARA PRESIDENTE COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO MARCO TULIO ABADIE AGUILAR SECRETARIO COMISIÓN PRESIDENCIAL DE REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA ADUANERO Y OPERADORES DE COMERCIO DECANO DE LA PRENSA HONDURENA ABOG. CESAR AUGUSTO CACERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miramonte Telefono/Fax Gerencia 2230-0886 Administración 2230-3028 Suscripciones 2230-0856 CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL

Leyes relacionadas

Documentos escaneados(1)
Decreto |
Acuerdo-Ministerial-173-2020
Este acuerdo establece un reglamento que obliga a la Secretaría de Gobernación a usar una plataforma digital para todos los trámites, donde ciudadanos, abogados y empleados públicos deben crear usuarios y firmar electrónicamente sus documentos. Garantiza que los trámites sean seguros, disponibles 24/7, y que todos los documentos escaneados en PDF tengan validez legal mediante códigos de seguridad (QR, códigos de barras o códigos hash).
Decreto Ministerial-173-2020 | 2020
Licitación No. 03-2021 — Adendum N°. 1 - Construcción del Edificio Judicial de la ciudad de Yuscarán, departamento de El Paraíso
El Poder Judicial modifica la fecha de recepción de ofertas para la construcción del Edificio Judicial de Yuscarán al 17 de mayo de 2021. Las empresas constructoras deben enviar sus propuestas digitalmente a través de la plataforma Honducompras 2 y presentar documentos físicos en la fecha y hora establecidas. El proyecto tendrá 12 meses de ejecución.
Decreto 03-2021 | 2021
Licitación No. 18-2019 — Adendum No.1 Licitación Pública Nacional - Desinstalación, suministro e instalación de elevadores
Este documento modifica los términos de una licitación pública para instalar elevadores en el Poder Judicial. Cambia la fecha de recepción de ofertas al 12 de febrero de 2021 a las 9:00 AM y requiere que las empresas participantes envíen sus propuestas digitalmente a través de la plataforma Honducompras 2 y también presenten documentos físicos en la fecha indicada.
Decreto 18-2019 | 2019
Ley de Gestión Electrónica de Procesos Judiciales Capítulo I Disposiciones Generales Sección I Objeto y Ámbito de Aplicación
Esta ley moderniza la justicia hondureña implementando un sistema digital obligatorio (SEJE) para tramitar procesos judicales. Beneficia a ciudadanos, abogados y jueces al acelerar casos, reducir costos, mejorar la transparencia y garantizar seguridad de documentos electrónicos, aunque permite excepciones para personas sin acceso tecnológico.
Decreto 146-2020 | 2020