Acuerdo Ministerial No. 0728-2019 — Delegación de facultad de firma a favor de Gladys Verónica Almendarez Girón
Considerandos
- 1.Que de conformidad con los Artículos 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.
- 2.Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
- 3.Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos naturales y el ambiente.
- 4.Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas cuenta, organizativamente con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y de control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.
- 5.Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos, a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.
- 6.Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.
- 7.Que mediante Memorándum DECA No. 362-2018 de fecha 01 de julio del 2019, se solicitó a Secretaría General Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada EDIS ZULEMA LÓPEZ PADILLA, para que firme documentos descritos en el Memorando antes mencionados, a partir del 01 de julio al 31 de diciembre del 2019.
- 8.Que de conformidad con los Artículos 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales.
- 9.Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.
- 10.Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos naturales y el ambiente.
- 11.Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas, cuenta organizativamente con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y de control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales.
- 12.Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos, a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.
- 13.Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”.
- 14.Que mediante Memorándum DECA No. 363-2018 de fecha 01 de julio del 2019, se solicitó a Secretaría General Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada GLADYS VERÓNICA ALMENDAREZ GIRÓN, para que firme documentos descritos en el Memorando antes mencionados, a partir del 01 de julio al 31 de diciembre del 2019.
Articulos
Articulo 1
Delegar en la Licenciada EDIS ZULEMA LÓPEZ PADILLA, con Identidad No. 0303-1984-00314, quien actualmente apoya las actividades como Asistente Técnico de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), la facultad de firmar, específicamente:
- 1)
Memorándum internos en general; aprobar providencias relacionadas a expedientes que ingresas a la DECA; providencias de cobro para inspección de campo; oficios y cuadros de cálculo de costos de inspección; oficios de convocatoria a integrar el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA).
- 2)
Providencias de salida de expedientes; informes técnicos con requerimientos, previo a renovación de Licencias Ambientales; informes de control y seguimiento; análisis de Informes de Cumplimiento de Medidas Ambientales, que no requieren Renovación Categorías: 1, 2 y 3.
- 3)
Informes técnicos de Denuncias Ambientales; análisis de información y dictamen técnico para proyectos que solicitan Constancia de No Requerir Licencia Ambiental (CO).
- 4)
Informe y dictamen para análisis de información, previo a aprobar viabilidad de proyectos Categoría 1 y 2 (proceso anterior al Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA) Acuerdo No. 008-2015), así como viabilidad para emisión de Licencia Ambiental de Funcionamiento, Categoría 1 y 2.
- 5)
Aprobar providencias para análisis de información en DECA y posteriormente del Equipo Consultivo Técnico, para proyecto del Sistema de Licenciamiento Ambiental Simplificado (SLAS) en estado A Consulta que solicitan Licencia Ambiental Operativa.
Articulo 2
La Delegación de Firma de los documentos señalados, inicia su vigencia a partir del Lunes 01 de Julio al 31 de Diciembre del 2019.
Articulo 3
La ciudadana EDIS ZULEMA LÓPEZ PADILLA, será responsable por el ejercicio de la facultad de firma que le ha sido delegada por dicho período.
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Articulo 5
Hacer las transcripciones de Ley. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, cinco (05) del mes julio del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO No. 0728-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE, EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con los Artículos 36, numeral 8 y 19 de la Ley General de la Administración Pública, son atribuciones de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y delegar atribuciones en los Subsecretarios, Secretario General o Directores Generales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que es competencia de esta Secretaría de Estado la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con los recursos naturales y el ambiente. CONSIDERANDO: Que para el cumplimiento de las competencias atribuidas, cuenta organizativamente con la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA), como órgano eminentemente técnico responsable de la coordinación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA), así como de la expedición y de control de las licencias ambientales y de la práctica de auditorías ambientales. CONSIDERANDO: Que la Ley de Simplificación Administrativa, en su Artículo 1, contempla como su objetivo general “el establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos, a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados”.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a dicha Ley de Simplificación Administrativa “todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a sus objetivos”. CONSIDERANDO: Que mediante Memorándum DECA No. 363-2018 de fecha 01 de julio del 2019, se solicitó a Secretaría General Acuerdo de Delegación a favor de la Licenciada GLADYS VERÓNICA ALMENDAREZ GIRÓN, para que firme documentos descritos en el Memorando antes mencionados, a partir del 01 de julio al 31 de diciembre del 2019. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 31, 36, numerales 8), 19), 116) y 118, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 24, 34, del Decreto Ejecutivo No.PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; 1 y 6 de la Ley de Simplificación Administrativa. ACUERDA: