VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 088-A-2018 | 11 de febrero de 2019 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 088-A-2018 — Declaración del Teatro Nacional Manuel Bonilla como Monumento Nacional

Considerandos

  1. 1.Que el Presidente de la República tiene la administración general del Estado, teniendo entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley.
  2. 2.Que la Constitución de la República establece que toda riqueza antropológica, arqueológica, histórica y artística forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación y que es deber de todos velar por su conservación.
  3. 3.Que los bienes culturales constituyen uno de los elementos fundamentales de la civilización y poseen especial valor por su importancia pre-historia, arqueológica, histórica, artística y científica. de Cultura y Arte, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia.
  4. 4.Que forman parte del Patrimonio Cultural, los monumentos, considerados aquellos bienes inmuebles de la Época Precolombina, Colonial y Republicana que por su arquitectura o ingeniería sean de interés antropológico e histórico.
  5. 5.Que es competencia de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Arte, formular y ejecutar las políticas tendientes a la conservación, fomento y difusión del patrimonio cultural de la nación, en todas sus manifestaciones, la cual debe proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza, brindando condiciones, estrategias y mecanismos para el desarrollo de las artes y la cultura.
  6. 6.Que el Instituto Hondureño de Antropología e Historia, con el objeto de asegurar una protección permanente, sobre aquellos lugares o bienes que ameriten, entre otras medidas deberá promover su declaratoria como zona arqueológica, monumento nacional o centro histórico.
  7. 7.Que el “Teatro Nacional Manuel Bonilla”, se considera un monumento de alta reseña histórica, arquitectura patrimonial de excepcional relevancia arquitectónica, que destaca del conjunto a nivel nacional por ser edificaciones que se constituyen en testimonios únicos de la Cultura Nacional.
  8. 8.Que la Gerencia del Instituto Hondureño de Antropología e Historia, mediante Resolución N°. 017-G- 2018 de fecha once de diciembre del año dos mil dieciocho (11.12.2018), Resolvió: Promover la DECLARATORIA DE MONUMENTO NACIONAL al inmueble conocido como “TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”.

Articulos

Articulo 2

El presente Acuerdo Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018) . COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA CONSIDERANDO: Que forman parte del Patrimonio Cultural, los monumentos, considerados aquellos bienes inmuebles de la Época Precolombina, Colonial y Republicana que por su arquitectura o ingeniería sean de interés antropológico e histórico. CONSIDERANDO: Que es competencia de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Arte, formular y ejecutar las políticas tendientes a la conservación, fomento y difusión del patrimonio cultural de la nación, en todas sus manifestaciones, la cual debe proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza, brindando condiciones, estrategias y mecanismos para el desarrollo de las artes y la cultura. CONSIDERANDO: Que el Instituto Hondureño de Antropología e Historia, con el objeto de asegurar una protección permanente, sobre aquellos lugares o bienes que ameriten, entre otras medidas deberá promover su declaratoria como zona arqueológica, monumento nacional o centro histórico. CONSIDERANDO: Que el “Teatro Nacional Manuel Bonilla”, se considera un monumento de alta reseña histórica, arquitectura patrimonial de excepcional relevancia arquitectónica, que destaca del conjunto a nivel nacional por ser edificaciones que se constituyen en testimonios únicos de la Cultura Nacional. CONSIDERANDO: Que la Gerencia del Instituto Hondureño de Antropología e Historia, mediante Resolución N°. 017-G- 2018 de fecha once de diciembre del año dos mil dieciocho (11.12.2018), Resolvió: Promover la DECLARATORIA DE MONUMENTO NACIONAL al inmueble conocido como “TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”. POR TANTO, En aplicación a los Artículos 172-245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República; Artículos 1, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; y, Artículos 2 numeral 1) y 36 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación. ACUERDA:

Articulo 1

Declarar MONUMENTO NACIONAL por ser patrimonio cultural de la nación al inmueble denominado ________

“TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”, logrando así su conservación y protección permanente como un Legado Histórico, Arqueológico y Cultural de la Nación, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Cultura y Arte, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia.

Articulo 2

El presente Acuerdo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018) . COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA ________ Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización

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