Acuerdo Ejecutivo No. 297-2018 — Delegación de facultades a oficial jurídico para representación en procesos de sustracción internacional de menores
Considerandos
- 1.Que conforme al Artículo 7 del De- creto Ejecutivo PCM 27-2014, de fecha 06 de junio de 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva.
- 2.Que entre las atribuciones de la DINAF está el de Ejercer la Tutoría Legal a falta de las y los padres o representantes legales de las niñas y niños o por calificada amenaza a la vulneración de los derechos de los mismos; asimismo, Tutelar el proceso legal de Adopciones de niñas y niños.
- 3.Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor (a) Público (a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.
- 4.Que 1a delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.
- 5.Que el Artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
Articulos
Articulo 1
Delegar en el ciudadano MAURICIO RENE VALLADARES THUMANN, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número 23573, Oficial Jurídico 1 del Programa de Migración y Sustracción Internacional de Niñas, Niños y Adolescentes de esta Dependencia, la Facultad amplia, bastante y suficiente para comparecer en nombre de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), ante los Juzgados competentes en materia de Niñez, en la aplicación del Convenio de la Haya sobre los Aspectos Civiles de Sustracción Internacional del 25 de octubre de 1980.
Articulo 2
La presente delegación tendrá vigencia a partir de la fecha del presente Acuerdo de delegación.
Articulo 3
El delegado será responsable del ejercicio de la facultad delegada.
Articulo 4
Hacer las transcripciones de Ley y remitirlas a los Juzgados y Tribunales correspondientes.
Articulo 5
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva MÓNICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General Secretaría de Salud ACUERDO No. 5266-2018