Acuerdo Ejecutivo No. 03-2018 — Delegación de facultades para comparecencia ante juzgados y tramitación de certificaciones de actas de nacimiento
Considerandos
- 1.Que conforme al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM 27-2014, de fecha 06 de junio de 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva,
- 2.Que entre las atribuciones de la DINAF está el de Ejercer la Tutoría Legal a falta de las y los padres o representantes legales de las niñas y niños o por calificada amenaza a la vulneración de los derechos de los mismos; asimismo, Tutelar el proceso legal de Adopciones de niñas y niños.
- 3.Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.
- 4.Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.
- 5.Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
Articulos
Articulo 1
Dejar sin valor y efecto el Acuerdo Ejecutivo Número 11-2016 otorgado a la ciudadana DORIS bERENICE VÁSQUEZ PORTILLO, en fecha 8 de junio del año 2016 publicado en el Diario Oficial La Gaceta Número 34,083 de fecha 12 de julio del año 2016.
Articulo 2
Delegar en los ciudadanos REYNA ISAbEL MATAMOROS GALVEZ, Oficial Jurídico II, ROSA MARÍA IZAGUIRRE, Oficial jurídico I y GUSTAVO ADOLFO AVILA FLORES, Oficial Jurídico II de esta ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL dependencia, la facultad amplia, bastante y suficiente para comparecer en nombre de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), ante los Juzgados de la República a nivel nacional y ante las Oficinas del Registro Nacional de las Personas a tramitar Certificación de Actas de Nacimiento de niños, niñas y adolescentes en situación de abandono, Cancelación de Inscripciones en los casos que así proceda y ante cualquier otra institución pública o privada a fin de realizar diligencias en pro de la niñez.
Articulo 3
La presente delegación tendrá vigencia a partir de la fecha del presente Acuerdo de Delegación.
Articulo 4
Los delegados serán responsables del ejercicio de la facultad delegada.
Articulo 5
Hacer las transcripciones de Ley y remitirlas a los Juzgados y Tribunales correspondientes.
Articulo 6
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. PUbLÍQUESE Y COMUNÍQUESE, LOLIS MARÍA SALAS MONTES Directora Ejecutiva MONICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General Congreso Nacional FE DE ERRATA