Acuerdo Ministerial No. 0747-SE-2024 — Aprueba Plan de Estudios Anual del Bachillerato en Ciencias y Humanidades
Considerandos
- 1.Que el artículo 157 de la Constitución de la República de Honduras establece: Que la educación en todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Educación Pública.
- 2.Que según el artículo 36 numeral 8 de la Ley de la Administración Pública, son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado: Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
- 3.Que mediante ACUERDO No. 2188- SE-2014, de fecha 17 de diciembre de 2014, ACUERDA: PRIMERO. Aprobar a partir del año 2015, el Plan de Estudios de la Carrera del BACHILLERATO EN CIENCIAS Y HUMANIDADES (BCH), para el Décimo y Undécimo grado con promoción semestral.
- 4.Que mediante ACUERDO No. 0166- SE-2023, de fecha del 16 de febrero del 2023, ACUERDA: SEGUNDO: Se declara que, a partir del año 2023, la oferta académica del Nivel de Educación Media del Bachillerato en Ciencias y Humanidades y el Bachillerato Técnico Profesional con sus diferentes orientaciones, entrará en un proceso de desgaste. El cual consiste en la transición gradual de un sistema de promoción semestral a un sistema de promoción anual del Plan de Estudios vigente. Iniciando en el año 2023, con el sistema de promoción anual para el décimo grado y para los grados undécimo (2023) y duodécimo (2024) en el sistema de promoción semestral. TERCERO: Implementar a partir del 01 de febrero del año 2023, la adecuación de los planes de estudios, migrando de una modalidad semestral a una modalidad de promoción anual.
- 5.Que los Centros Educativos No Gubernamentales podrán ofrecer sus servicios en los niveles, modalidades y especialidades de la educación formal autorizados, organizados, dirigidos y supervisados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.
- 6.Que el Plan de Estudios anual del Bachillerato en Ciencias y Humanidades, conlleva a la actualización de los elementos del currículo con los ajustes requeridos en cuanto a las competencias, resultados de aprendizaje, contenidos, metodologías, formas de evaluación y promoción.
Articulos
Articulo 1
Aprobar a partir del 01 de febrero del 2024, el Plan de Estudios Anual del BACHILLERATO EN CIENCIAS Y HUMANIDADES (BCH), para el Décimo y Undécimo grado, que a continuación se detalla: ACUERDO No. 0747-SE-2024 Página 3 | 6 PLAN DE ESTUDIO BACHILLERATO EN CIENCIAS Y HUMANIDADES (BCH) A. DÉCIMO GRADO (FORMACÍON DE FUNDAMENTO) No. Espacio Curricular Horas Semanales (45min/hora) Horas Anuales (40 semanales) 1 Matemática 5 200 2 Español 5 200 3 Física 4 160 4 Química 4 160 5 Biología 3 120 6 Historia de Honduras 3 120 7 Sociología 3 120 8 Inglés 3 120 9 Informática 2 80 10 Fundamentos de Psicología 2 80 11 Educación Física y Deportes 2 80 Total de horas 36 horas 1440 horas ACUERDO No. 0747-SE-2024 B. UNDÉCIMO GRADO No. Espacio Curricular Horas Semanales (45min/hora) Horas Anuales (40 semanales) 1 Matemática 4 160 2 Español 4 160 3 Física 4 160 4 Química 3 120 5 Biología 4 160 6 Inglés 3 120 7 Introducción a la Economía 2 80 8 Antropología 3 120 9 Historia Universal 3 120 10 Filosofía 3 120 11 Educación y Apreciación Artística 3 120 Total de horas 36 horas 1440 horas
Articulo 2
Los Centros Educativos Gubernamentales y No Gubernamentales que tienen aprobado el funcionamiento del BACHILLERATO EN CIENCIAS Y HUMANIDADES legalizado mediante acuerdo No. 2188-SE-2014, deberán presentar ante las Direcciones Departamentales correspondientes la solicitud de conversión acompañada del acuerdo de funcionamiento del Plan de Estudios Semestral.