Acuerdo No. 586-2024 — Autorización de viaje a ciudadanos para gira de intercambio a México
Considerandos
- 1.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
- 2.Que mediante Acuerdo No. 0696, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 18 de noviembre de 2008, los viajes fuera del país de los Funcionarios y Empleados, deberá ser aprobados por Acuerdo emitido por la Secretaría de Estado a la que se encuentre adscrito el Funcionario o Empleado respectivo.
- 3.Que los ciudadanos César Enrique Sánchez Andino, Noe Adalid Murillo Canales, Dina Elizabeth Morel Carbajal, Miguel Alejandro Lagos Sandoval, Johan Eduardo Castellón, quienes laboran en esta Secretaría de Estado, han sido designados para realizar una gira de intercambio a la ciudad de México, entre la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización de Honduras (SGJD) y Alcaldes Municipales, para conocer el programa de cosecha de agua lluvia, escuela de captación y recuperación de espacios públicos municipales, la cual se llevará a cabo en la ciudad de México, México, durante el período comprendido del 1 al 5 de diciembre de 2024.
Articulos
Articulo 1
Autorizar el viaje a los ciudadanos César Enrique Sánchez Andino, Noe Adalid Murillo Canales, Dina Elizabeth Morel Carbajal, Miguel Alejandro Lagos Sandoval, Johan Eduardo Castellón, quienes realizarán una gira de intercambio a la ciudad de México, entre la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización de Honduras (SGJD) y Alcaldes Municipales, para conocer el programa de cosecha de agua lluvia, escuela de captación y recuperación de espacios públicos municipales, la cual se llevará a cabo en la ciudad de México, México, durante el período comprendido del 1 al 5 de diciembre de 2024.
Articulo 2
Para los efectos anteriores se autoriza el pago de viáticos a los ciudadanos antes citados, para lo cual Gerencia Administrativa deberá realizar los trámites correspondientes.
Articulo 3
Los ciudadanos en mención, deberán presentar el informe correspondiente a la liquidación de viáticos ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, una vez que haya ingresado al territorio nacional.
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los seis (6) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). ABG. HEIDY WALESKA BARAHONA Secretaria de Estado, por Ley ABG. CELSO DONADIN ALVARADO Secretario General Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización