Acuerdo Ejecutivo No. 001-2024 — Autorizar contratación de préstamo con JICA para Programa de Transparencia e Integridad
Considerandos
- 1.Que de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, por lo que tiene dentro de sus atribuciones la facultad de emitir Acuerdos y Decretos Ejecutivos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley.
- 2.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Honduras, es una Entidad desconcentrada del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, siendo una institución técnica de derecho público, apolítica, profesional, especializada y permanente, cuya misión institucional es la de ejercer las funciones de Bomberos estatales de manera exclusiva, en todo el territorio nacional y como actor participante de la seguridad pública.
- 3.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter técnico especializado, por consiguiente, los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la Organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus Reglamentos.
- 4.Que en Asamblea del Nivel de Supervisión y Control General del Cuerpo de Bomberos de Honduras, celebrada en fecha treinta y uno (31) de marzo del dos mil veintidós (2022), se aprobó en Punto de Acta Número Ocho (8) la propuesta de ascensos para Oficiales de Bomberos al grado inmediato superior, con el objetivo de que se establezca el orden jerárquico dentro de la institución de conformidad a lo señalado en el artículo 67 inciso (b) del Reglamento Interno, Acuerdo 012-98 y de conformidad a lo establecido en el artículo 79 párrafo segundo de la Ley del Cuerpo de Bomberos Decreto 56-2019, el que taxativamente establece que las Disposiciones Reglamentarias se deben mantener vigentes en tanto no se emitan los nuevos reglamentos. CONSIDERANDO: Con base al principio de Idoneidad y Disposiciones Legales supra relacionadas para este caso administrativo, es PROCEDENTE el reconocimiento a sus especiales méritos (Honoris Causa) y reconocidos, el Ascenso del Mayor Ángel Romelio Fúnez Juárez, de Mayor de Bomberos a Teniente Coronel de Bomberos, de acuerdo a los grados y rangos indicados, aprobados por el Nivel de Supervisión y Control General según acta de fecha 31 de marzo del 2022.
Articulos
Articulo 1
Nombrar a la ciudadana Dessiré Flores Dubón, como Miembro Suplente de la Junta Directiva Ad honorem, en Representación del Sector Público ante el Consejo Nacional de Inversiones (CNI).
Articulo 2
La ciudadana Flores Dubón, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión.
Articulo 3
El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO No. 226-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos: 235 y 245 numerales 5, 11 y 30 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 42 y 45 de la Ley para la Promoción y Protección de las Inversiones. ACUERDA