VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 432-11/2018 | 22 de agosto de 2022

Resolución No. 432-11/2018 — Establecimiento de montos de capital mínimo para administradores de sistemas de pago

Texto completo

POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 2, 16 y 54 de la Ley del Banco Central de Honduras; 1, 4, 19, 20, numeral 6, 28 y 29 de la Ley de Sistemas de Pago y Liquidación de Valores y 5, 6 y 7 del Reglamento de Sistemas de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago (SCTEP), R ESUELV E:

  • I)

    Mantener en treinta y cinco millones de lempiras (L35,000,000.00) el monto del capital mínimo requerido a los administradores de los sistemas de pago existentes.

  • II)

    Establecer en treinta millones de lempiras (L30,000,000.00) el monto del capital mínimo requerido para nuevos administradores de sistemas de pago.

  • III)

    Derogar la Resolución No.432-11/2018, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 1 de noviembre de 2018.

  • IV)

    Comunicar esta resolución al Centro de Procesamiento Interbancario, S.A. (Ceproban) y a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para los fines pertinentes. V. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN Secretario del Directorio 6 S. 2022. CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA OPTAR AL CARGO DE AUDITOR INTERNO A LA DIRECCION DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF). La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), COMUNICA: A los interesados(as) en participar en el proceso de selección de: Auditor(a) Interno de la DINAF, para postularse al cargo deberán cumplir con los requerimientos siguientes:

    • A)

      REQUISITOS MINIMOS: El Jefe de la Unidad de Auditoría Interna deberá acreditar los siguientes requisitos mínimos:

      • 1)

        Ser hondureño en ejercicio de sus derechos y mayor de 30 años de edad.

      • 2)

        Ser Licenciado en Contaduría Pública o cualquier otro título profesional universitario que además tenga el de Perito Mercantil y Contador Público, debidamente colegiado.

      • 3)

        Tener experiencia mínima de cinco (5) años en actividades o prácticas de auditoría interna o externa, principalmente en aspectos de previsión, seguros y financieros.

      • 4)

        Poseer don de liderazgo y comprobada solvencia moral.

      • 5)

        Facilidad de comunicación verbal y de redacción ejecutiva de informes.

        La G aceta

        Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 6 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,021

    • B)

      REQUISITOS ESPECIALES:

      • 1)

        Tener experiencia y conocimientos de la administración pública hondureña, como mínimo auditorías a cinco entidades públicas.

      • 2)

        Conocimientos en auditorías de gestión y evaluación de riesgos en base a la metodología COSO.

      • 3)

        Preferiblemente haber laborado como mínimo cinco (5) años en firmas auditoras clasificadas en categoría A, en cargos de supervisor de auditoría o un nivel superior.

      • 4)

        Conocimientos en evaluación y monitoreo de inversiones, proyectos y presupuestos.

      • 5)

        Amplios conocimientos en el manejo de Sistemas Informáticos afines a la naturaleza de su trabajo y en Microsoft Office.

      • 6)

        Conocimientos en Metodología y técnicas modernas de investigación, la mejora de procesos y de controles internos.

      • 7)

        Conocer y tener experiencia en la aplicación de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y su Reglamento; Marco Rector del Control Interno y las demás leyes y reglamentos relacionados funcionamiento de la institución.

      • 8)

        Capacitación y experiencia en la aplicación e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFI) y Normas Internacionales de Auditoría (NIA).

    • C)

      NO PODRÁN PARTICIPAR LOS QUE SE ENCUENTREN INHABILITADOS SEGÚN LA NORMA GENERAL DE AUDITORÍA INTERNA GUBERNAMENTAL TSC-NOGENAIG-08 INHABILIDADES DEL MARCO RECTOR DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL SECTOR PÚBLICO EMITIDO POR EL TSC.

    • D)

      INHABILIDADES No podrán ser nombrados como Jefe de la Unidad de Auditoría Interna de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF):

      • 1)

        Los cónyuges parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, Directora Ejecutiva, Secretario General, Administrador, Jefe de programas Técnicos o cualquier otra denominación que tenga la Máxima Autoridad Ejecutiva responsable de la entidad, o el Director Ejecutivo de ONADICI; ni los cónyuges y parientes entre sí dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

      • 2)

        Quienes como producto de relaciones contractuales tengan reclamaciones pendientes contra el Estado.

      • 3)

        No podrán participar los que se encuentren inhabilitados según la Norma General de Auditoría Interna Gubernamental TSC-NOGENAIG-08 INHABILIDADES del Marco Rector de la Auditoría Interna del Sector Público emitido por el TSC.

      • 4)

        Quienes sean socios o representantes legales de entidades privadas que tengan relaciones contractuales con la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF).

      • 5)

        Quienes estén mencionados en responsabilidad o en investigaciones de enriquecimiento ilícito, o aquellos que el Tribunal Superior de Cuentas haya remitido su

        La G aceta

        Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 6 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,021 expediente al Ministerio Público por considerar que han cometido un ilícito penal.

      • 6)

        Quienes hayan sido condenados por delito doloso.

      • 7)

        Quienes hayan sido sancionados disciplinariamente en el ejercicio de su respectiva profesión.

      • 8)

        Los deudores morosos del Estado.

      • 9)

        Los miembros del órgano central de dirección y gobierno de los partidos políticos en los últimos doce (12) meses.

      • 10)

        Quienes han pertenecido a la entidad y no han cumplido doce (12) meses de haberse retirado.

      • 11)

        Quienes han desempeñado el cargo de Jefe Administrativo o Jefe Financiero de la entidad y no han cumplido cinco (5) años de haberse retirado.

    • E)

      DOCUMENTACION A PRESENTAR:

      • 1)

        Hoja de vida con fotografía reciente y documentación soporte.

      • 2)

        Constancias de experiencia laboral, especificando cargo y tiempo de laborar.

      • 3)

        Constancia de Antecedentes Penales Vigente y Constancia de Antecedentes Policiales Vigente.

      • 4)

        Constancia de Conducta y Solvencia del Colegio Profesional al que pertenece.

      • 5)

        Constancia de no tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras emitidas por el TSC.

      • 6)

        Declaración Jurada, en donde cada aspirante debe manifestar no estar inhabilitado por alguna de las causas o motivos previstos en la Norma General TSC-NOGENAIG-08 “Inhabilidades” (Solicitar formato a la ONADICI: direccion@ onadici.gob.hn,tlara@onadici.gob.hn).

      • 7)

        Carta de expresión de interés para participar en el concurso, debidamente firmada, dirigida al Director de la ONADICI. (Solicitar formato a la ONADICI: direccion@onadici.gob.hn,tlara@ onadici.gob.hn).

    • F)

      SUELDO MENSUAL El sueldo bruto mensual para el Auditor Interno de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) es de CUARENTA Y TRES MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS (L.43,100.00). El postulante debe de remitir toda la documentación en un sobre sellado a Ericka Arely Suazo Bonilla, Directora Ejecutivo de la Oficina Nacional de Desarrollo Integral de Control Interno (ONADICI), indicando “Concurso Público Auditor Interno Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)”. El sobre sellado se debe presentar a más tardar el día viernes treinta (30) de septiembre del año 2022 hasta las 2:00 p.m. en las oficinas de la ONADICI, ubicadas en la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC), Boulevard Fuerzas Armadas, contigo a Chiminike, Tegucigalpa, M.D.C. ABG. DULCE MARIA VILLANUEVA SÁNCHEZ 6 S. 2022.

Leyes relacionadas