Acuerdo Ministerial No. 121-2022 — Autorizar transferencia de fondos para gastos de representación y mantenimiento de vehículo de la Misión Permanente de Honduras ante la OMC
Resumen
Este acuerdo autoriza el traslado de $7,703 para reparación del vehículo de la Misión de Honduras ante la OMC en Ginebra, y $147 para el aumento de alquiler de la oficina de agosto a octubre de 2022. Beneficia el funcionamiento de la representación diplomática de Honduras ante la Organización Mundial del Comercio.
Considerandos
- 1.Que el Artículo 15 de la Constitución de la República ordena “Honduras hacer suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respecto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales”.
- 2.Que el Artículo 16 de la Constitución de la República manda “Todos los tratados internacionales deben ser aprobados por el Congreso Nacional antes de su ratificación por el Poder Ejecutivo”.
- 3.Que el Artículo 21 de la Constitución de la República establece “El Poder Ejecutivo puede, sobre materias de su exclusiva competencia, celebrar o ratificar convenios internacionales con estados extranjeros u organizaciones internacionales o adherirse a ellos sin el requisito previo de la aprobación del Congreso, al que deberá informar inmediatamente”.
- 4.Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.
- 5.Que el Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 17-94 de fecha 21 de junio de 1994, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 379. DECRETÓ: “Aprobar en todas sus partes, el “Protocolo de Adhesión de Honduras al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, aprobado por el Consejo de Representantes del GATT, en su reunión del 23 de febrero 1994, y suscrito por el Ministerio de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en representación del Gobierno de Honduras, el día 11 de marzo de 1994”.
- 6.Que el Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 177-94 de fecha 25 de febrero de 1995 EDIS ANTONIO MONCADA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 3589. DECRETÓ: “Aprobar en todas sus partes el Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales y los Anexos de Honduras, suscrito por Honduras el 15 de abril de 1994, en Marrakech, Marruecos”.
- 7.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 356-92 de fecha 23 de septiembre de 1992. ACUERDA: 1.- Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en concepto de Gastos de Instalación para la Adquisición de equipo de oficina a autorizarse en la Oficina de Ginebra, Suiza. 2.- Cancelar mensualmente a partir del 1 de enero al 30 de junio del presente año, gastos de funcionamiento al representante permanente de Honduras ante el GATT.
- 8.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 009-93 de fecha 18 de enero, 1993. ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del corriente año, en concepto de gastos de funcionamiento al representante permanente de Honduras ante el GATT”.
- 9.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 10-93 de fecha 18 de enero, 1993. ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1993, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN (Renta de Residencia del Jefe Representante del GATT)”.
- 10.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 567-d.p. de fecha 12 de octubre de 1990, el Presidente Constitucional de la República ACUERDA: “Nombrar al Licenciado CARLOS H. MATUTE IRIAS como Embajador, representante permanente de Honduras ante el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) y las negociaciones comerciales Multilaterales de la Ronda Uruguay, con sede en Ginebra, Suiza, hoy Organización Mundial del Comercio, (OMC)”.
- 11.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, el Presidente Constitucional de la República ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Industria, Comercio y Turismo, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que a través del Programa 1-01 Dirección General de Integración Económica y Política Comercial cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1998.
- 12.Que el día 1º de enero del año 1995 entró oficialmente en funciones la Organización Mundial de Comercio (O.M.C.), la que, en virtud de decisión de las Partes Contratantes, sustituye al GATT de 1947 en todos sus derechos, privilegios y obligaciones.
- 13.Que mediante Acuerdo No.161-98 de fecha 4 de agosto de 1998 fue nombrado el Lic. DACIO R. CATILLO FLORES, en el cargo de representante permanente de Honduras, ante la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.) con sede en Ginebra Suiza.
- 14.Que mediante Acuerdo No. 171-98 de fecha 19 de agosto de 1998 se acordó modificar los acuerdos Nos. 15-98 y 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, mediante los cuales se autoriza “GASTOS DE FUNCIONAMIENTO” Y “GASTOS DE REPRESENTACION” al señor CARLOS H. MATUTE, representante permanente de Honduras ante la (OMC), con sede en Ginebra Suiza, en el sentido que, a partir del 1 de septiembre de 1998, se autorizan dichos gastos a nombre del Licenciado DACIO R. CATILLO FLORES
- 15.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 008-2018 de fecha 17 de enero del 2018 y Acuerdo Ministerial No. 007-2019 de fecha 16 de enero del 2019, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año según los acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO.
- 16.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 003-2020 de fecha 15 de enero del 2020 y Acuerdo Ministerial No. 003-2021 de fecha 5 de enero del 2021, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de cada año según acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN EN EL EXTERIOR, al Representante de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, para el funcionamiento operativo de dicha Organización.
- 17.Que mediante Opinión Legal No. 027- 2022 dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, la Dirección de Servicios Legales es de la opinión, que es PROCEDENTE el otorgamiento de los Gastos de Representación en el Exterior (Gastos para el funcionamiento Operativo de la Oficina ante la OMC, con sede en Ginebra, Suiza); en virtud que, se encuentran respaldados por los Decretos Legislativos y los Acuerdos Ministeriales supra mencionados, conforme al Protocolo de Adhesión de Honduras al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (G ATT), ahora Organización Mundial del Comercio (OMC), en vista que, mediante Acuerdo Ministerial el Presidente Constitucional de la Republica de Honduras, autorizó a la Secretaría de Industria, Comercio y Turismo, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, cancelar los gastos de Representación en el Exterior y Gastos para funcionamiento de la oficina en Ginebra Suiza, de la Organización Mundial del Comercio (OMC), a los ciudadanos antes mencionados.
- 18.Que mediante Oficio No. Al. 010-2022 de fecha cuatro de abril del año dos mil veintidós enviado por la Secretaría de Finanzas, esta es del criterio que la Opinión Legal No.027-2022 de fecha 18 de marzo del 2022, emitida por la Dirección de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado ha sido redactada conforme a derecho.
- 19.Que, mediante Comunicación Interna, SG-SDE- No. 071-2022 remitida a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado se solicitó por escrito sustento o motivación de la reducción de Gastos de Representación en el Exterior, por la cantidad de $ 10, 000 asignados del mes de febrero del 2022 al mes de octubre del 2022, misma que fue contestada mediante Comunicación Interna GA-088- 2022, se contesta dicha solicitud tomando en consideración el congelamiento de fondos realizado por la Secretaría de Finanzas en el objeto especifico de donde se realiza el pago, las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente prohíben asumir compromisos si no se cuenta con disponibilidad presupuestaria.
- 20.Que mediante Memorándum OMC 217.06.22 de fecha 21 de junio de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC, remite Carta de la Inmobiliaria “Sociéte privée de Gérance S.A.”(SPG) en donde pone a conocimiento de esta Secretaría de Estado, que el precio del Alquiler del local de la Misión Permanente aumentará a partir del 01 de agosto del 2022, por lo que solicita al Secretario de Estado de esta Secretaría, interponga sus buenos oficios para que considere lo anterior y se realice una nueva gestión de gastos de funcionamiento ya que la actual no cumple en su totalidad con todas las obligaciones contractuales que tiene la ese Misión Permanente.
- 21.Que mediante Memorándum OMC 336.10.22 de fecha 04 de octubre de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC remite cuadro actualizado detallando los pagos que adeuda la Misión entre ellos el mantenimiento de urgencia del vehículo de la misión permanente por un valor de $7,702.74
- 22.Que el Artículo 15 de la Constitución de la República ordena “Honduras hacer suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respecto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales”.
- 23.Que el Artículo 16 de la Constitución de la República manda “Todos los tratados internacionales deben ser aprobados por el Congreso Nacional antes de su ratificación por el Poder Ejecutivo”.
- 24.Que el Artículo 21 de la Constitución de la República establece “El Poder Ejecutivo puede, sobre materias de su exclusiva competencia, celebrar o ratificar convenios internacionales con estados extranjeros u organizaciones internacionales o adherirse a ellos sin el requisito previo de la aprobación del Congreso, al que deberá informar inmediatamente”.
- 25.Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.
- 26.Que el Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 17-94 de fecha 21 de junio de 1994 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 379. DECRETÓ: “Aprobar en todas sus partes, el “Protocolo de Adhesión de Honduras al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, aprobado por el Consejo de Representantes del GATT, en su reunión del 23 de febrero 1994 y suscrito por el Ministerio de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en representación del Gobierno de Honduras, el día 11 de marzo de 1994”.
- 27.Que el Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 177-94 de fecha 25 de febrero de 1995 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 3589. DECRETÓ: “Aprobar en todas sus partes el Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales y los Anexos de Honduras, suscrito por Honduras el 15 de abril de 1994, en Marrakech, Marruecos”.
- 28.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 356-92 de fecha 23 de septiembre de 1992. ACUERDA: 1.- Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en concepto de Gastos de Instalación para la Adquisición de equipo de oficina a autorizarse en la Oficina de Ginebra, Suiza. 2.- Cancelar mensualmente a partir del 1 de enero al 30 de junio del presente año, gastos de funcionamiento al representante permanente de Honduras ante el GATT.
- 29.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 009-93 de fecha 18 de enero, 1993. ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del corriente año, en concepto de gastos de funcionamiento al representante permanente de Honduras ante el GATT”.
- 30.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 10-93 de fecha 18 de enero, 1993. ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1993, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN (Renta de Residencia del Jefe Representante del GATT)”.
- 31.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 567-d.p. de fecha 12 de octubre de 1990, el Presidente Constitucional de la República ACUERDA: “Nombrar al Licenciado CARLOS H. MATUTE IRIAS como Embajador, representante permanente de Honduras ante el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) y las negociaciones comerciales Multilaterales de la Ronda Uruguay, con sede en Ginebra, Suiza, hoy Organización Mundial del Comercio, (OMC)”.
- 32.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, el Presidente Constitucional de la República ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Industria, Comercio y Turismo, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que a través del Programa 1-01 Dirección General de Integración Económica y Política Comercial cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1998.
- 33.Que el día 1º de enero del año 1995 entró oficialmente en funciones la Organización Mundial de Comercio (O.M.C.), la que, en virtud de decisión de las Partes Contratantes, sustituye al GATT de 1947 en todos sus derechos, privilegios y obligaciones.
- 34.Que mediante Acuerdo No.161-98 de fecha 4 de agosto de 1998 fue nombrado el Lic. DACIO R. CATILLO FLORES, en el cargo de representante permanente de Honduras, ante la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.) con sede en Ginebra Suiza.
- 35.Que mediante Acuerdo No. 171-98 de fecha 19 de agosto de 1998 se acordó modificar los Acuerdos Nos. 15-98 y 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, mediante los cuales se autoriza “GASTOS DE FUNCIONAMIENTO” Y “GASTOS DE REPRESENTACION” al señor CARLOS H. MATUTE, representante permanente de Honduras ante la (OMC), con sede en Ginebra Suiza, en el sentido que, a partir del 1 de septiembre de 1998, se autorizan dichos gastos a nombre del Licenciado DACIO R. CATILLO FLORES.
- 36.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 008-2018 de fecha 17 de enero del 2018 y Acuerdo Ministerial No. 007-2019 de fecha 16 de enero del 2019, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año según los acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO.
- 37.Que mediante Acuerdo Ministerial No. 003-2020 de fecha 15 de enero del 2020 y Acuerdo Ministerial No. 003-2021 de fecha 5 de enero del 2021, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de cada año según acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN EN EL EXTERIOR, al Representante de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, para el funcionamiento operativo de dicha Organización.
- 38.Que mediante Opinión Legal No. 027- 2022 dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, la Dirección de Servicios Legales es de la opinión, que es PROCEDENTE el otorgamiento de los Gastos de Representación en el Exterior (Gastos para el funcionamiento Operativo de la Oficina ante la OMC, con sede en Ginebra, Suiza); en virtud que, se encuentran respaldados por los Decretos Legislativos y los Acuerdos Ministeriales Supra mencionados, conforme al Protocolo de Adhesión de Honduras al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), ahora Organización Mundial del Comercio (OMC), en vista que, mediante Acuerdo Ministerial el Presidente Constitucional de la República de Honduras, autorizó a la Secretaría de Industria, Comercio y Turismo, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, cancelar los gastos de Representación en el Exterior y Gastos para funcionamiento de la oficina en Ginebra Suiza, de la Organización Mundial del Comercio (OMC), a los ciudadanos antes mencionados.
- 39.Que mediante Oficio No. Al. 010-2022 de fecha cuatro de abril del año dos mil veintidós enviado por la Secretaría de Finanzas, esta es del criterio que la Opinión Legal No.027-2022 de fecha 18 de marzo del 2022, emitida por la Dirección de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado ha sido redactada conforme a derecho.
- 40.Que, mediante Comunicación Interna, SG-SDE- No. 071-2022 remitida a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado se solicitó por escrito sustento o motivación de la reducción de Gastos de Representación en el Exterior, por la cantidad de $ 10, 000 asignados del mes de febrero del 2022 al mes de octubre del 2022, misma que fue contestada mediante Comunicación Interna GA-088- 2022, se contesta dicha solicitud tomando en consideración el congelamiento de fondos realizado por la Secretaría de Finanzas en el objeto especifico de donde se realiza el pago, las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente prohíben asumir compromisos si no se cuenta con disponibilidad presupuestaria.
- 41.Que mediante Memorándum OMC 217.06.22 de fecha 21 de junio de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC, remite Carta de la Inmobiliaria “Sociéte privée de Gérance S.A.”(SPG) en donde pone a conocimiento de esta Secretaría de Estado, que el precio del Alquiler del local de la Misión Permanente aumentará a partir del 01 de agosto del 2022, por lo que solicita al Secretario de Estado de esta Secretaría, interponga sus buenos oficios para que considere lo anterior y se realice una nueva gestión de gastos de funcionamiento ya que la actual no cumple en su totalidad con todas las obligaciones contractuales que tiene la ese Misión Permanente.
Articulos
Articulo 1
Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado, proceda a transferir como asignación única a la Representación Permanente de Honduras ante la OMC, en Ginebra Suiza, la cantidad de $ 7,703.00 (SIETE MIL SETECIENTOS TRES DOLARES), para el mantenimiento del vehículo propiedad de la Misión y $147 (CIENTO CUARENTA Y SIETE DOLARES), como incremento de la renta a razón de $49.00 mensuales a partir del mes de agosto a octubre del año 2022.
Articulo 2
Los fondos necesarios para el pago de Gastos de Representación antes mencionado serán pagados por el del Programa 12, Actividad 04, Objetivo 14200, del presupuesto de esta Secretaría de Estado.
Articulo 3
El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata, y deberá Publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinte (20) días del mes de octubre del año dos mil veintidós (2022). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MELVIN ENRIQUE REDONDO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No. 110-2022 NANCY JULISSA ROMERO REYES Encargada de la Secretaría General Acuerdo No. 112-2022 Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 122-2022 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSIDERANDO: Que el Artículo 15 de la Constitución de la República ordena “Honduras hacer suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respecto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 16 de la Constitución de la República manda “Todos los tratados internacionales deben ser aprobados por el Congreso Nacional antes de su ratificación por el Poder Ejecutivo”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 21 de la Constitución de la República establece “El Poder Ejecutivo puede, sobre materias de su exclusiva competencia, celebrar o ratificar convenios internacionales con estados extranjeros u organizaciones internacionales o adherirse a ellos sin el requisito previo de la aprobación del Congreso, al que deberá informar inmediatamente”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 17-94 de fecha 21 de junio de 1994 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 379. DECRETÓ: “Aprobar en todas sus partes, el “Protocolo de Adhesión de Honduras al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, aprobado por el Consejo de Representantes del GATT, en su reunión del 23 de febrero 1994 y suscrito por el Ministerio de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en representación del Gobierno de Honduras, el día 11 de marzo de 1994”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 177-94 de fecha 25 de febrero de 1995 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 3589. DECRETÓ: “Aprobar en todas sus partes el Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales y los Anexos de Honduras, suscrito por Honduras el 15 de abril de 1994, en Marrakech, Marruecos”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 356-92 de fecha 23 de septiembre de 1992. ACUERDA:
- 1)
Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en concepto de Gastos de Instalación para la Adquisición de equipo de oficina a autorizarse en la Oficina de Ginebra, Suiza.
- 2)
Cancelar mensualmente a partir del 1 de enero al 30 de junio del presente año, gastos de funcionamiento al representante permanente de Honduras ante el GATT. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 009-93 de fecha 18 de enero, 1993. ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del corriente año, en concepto de gastos de funcionamiento al representante permanente de Honduras ante el GATT”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 10-93 de fecha 18 de enero, 1993. ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Economía y Comercio, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1993, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN (Renta de Residencia del Jefe Representante del GATT)”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 567-d.p. de fecha 12 de octubre de 1990, el Presidente Constitucional de la República ACUERDA: “Nombrar al Licenciado CARLOS H. MATUTE IRIAS como Embajador, representante permanente de Honduras ante el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) y las negociaciones comerciales Multilaterales de la Ronda Uruguay, con sede en Ginebra, Suiza, hoy Organización Mundial del Comercio, (OMC)”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, el Presidente Constitucional de la República ACUERDA: “Autorizar a la Secretaría de Industria, Comercio y Turismo, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que a través del Programa 1-01 Dirección General de Integración Económica y Política Comercial cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de 1998. CONSIDERANDO: Que el día 1º de enero del año 1995 entró oficialmente en funciones la Organización Mundial de Comercio (O.M.C.), la que, en virtud de decisión de las Partes Contratantes, sustituye al GATT de 1947 en todos sus derechos, privilegios y obligaciones. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.161-98 de fecha 4 de agosto de 1998 fue nombrado el Lic. DACIO R. CATILLO FLORES, en el cargo de representante permanente de Honduras, ante la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.) con sede en Ginebra Suiza. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 171-98 de fecha 19 de agosto de 1998 se acordó modificar los Acuerdos Nos. 15-98 y 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, mediante los cuales se autoriza “GASTOS DE FUNCIONAMIENTO” Y “GASTOS DE REPRESENTACION” al señor CARLOS H. MATUTE, representante permanente de Honduras ante la (OMC), con sede en Ginebra Suiza, en el sentido que, a partir del 1 de septiembre de 1998, se autorizan dichos gastos a nombre del Licenciado DACIO R. CATILLO FLORES. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 008-2018 de fecha 17 de enero del 2018 y Acuerdo Ministerial No. 007-2019 de fecha 16 de enero del 2019, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año según los acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No. 003-2020 de fecha 15 de enero del 2020 y Acuerdo Ministerial No. 003-2021 de fecha 5 de enero del 2021, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de cada año según acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN EN EL EXTERIOR, al Representante de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, para el funcionamiento operativo de dicha Organización. CONSIDERANDO: Que mediante Opinión Legal No. 027- 2022 dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, la Dirección de Servicios Legales es de la opinión, que es PROCEDENTE el otorgamiento de los Gastos de Representación en el Exterior (Gastos para el funcionamiento Operativo de la Oficina ante la OMC, con sede en Ginebra, Suiza); en virtud que, se encuentran respaldados por los Decretos Legislativos y los Acuerdos Ministeriales Supra mencionados, conforme al Protocolo de Adhesión de Honduras al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), ahora Organización Mundial del Comercio (OMC), en vista que, mediante Acuerdo Ministerial el Presidente Constitucional de la República de Honduras, autorizó a la Secretaría de Industria, Comercio y Turismo, hoy Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, cancelar los gastos de Representación en el Exterior y Gastos para funcionamiento de la oficina en Ginebra Suiza, de la Organización Mundial del Comercio (OMC), a los ciudadanos antes mencionados. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio No. Al. 010-2022 de fecha cuatro de abril del año dos mil veintidós enviado por la Secretaría de Finanzas, esta es del criterio que la Opinión Legal No.027-2022 de fecha 18 de marzo del 2022, emitida por la Dirección de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado ha sido redactada conforme a derecho. CONSIDERANDO: Que, mediante Comunicación Interna, SG-SDE- No. 071-2022 remitida a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado se solicitó por escrito sustento o motivación de la reducción de Gastos de Representación en el Exterior, por la cantidad de $ 10, 000 asignados del mes de febrero del 2022 al mes de octubre del 2022, misma que fue contestada mediante Comunicación Interna GA-088- 2022, se contesta dicha solicitud tomando en consideración el congelamiento de fondos realizado por la Secretaría de Finanzas en el objeto especifico de donde se realiza el pago, las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente prohíben asumir compromisos si no se cuenta con disponibilidad presupuestaria. CONSIDERANDO: Que mediante Memorándum OMC 217.06.22 de fecha 21 de junio de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC, remite Carta de la Inmobiliaria “Sociéte privée de Gérance S.A.”(SPG) en donde pone a conocimiento de esta Secretaría de Estado, que el precio del Alquiler del local de la Misión Permanente aumentará a partir del 01 de agosto del 2022, por lo que solicita al Secretario de Estado de esta Secretaría, interponga sus buenos oficios para que considere lo anterior y se realice una nueva gestión de gastos de funcionamiento ya que la actual no cumple en su totalidad con todas las obligaciones contractuales que tiene la ese Misión Permanente. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 15, 16, 21, 255, 321 de la Constitución de la República; 7, 36 numeral 1), 8), 116, 118, 119, numeral
- 3)
y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 221 numeral 1) del Decreto Legislativo No. 107-2021 de las Disposiciones Generales del Presupuesto para el año 2022, Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 17-94 de fecha 21 de junio de 1994 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 379, Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 177-94 de fecha 25 de febrero de 1995 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición No. 27, 3589, Acuerdo Ministerial No. 356-92 de fecha 23 de septiembre, 1992, Acuerdo Ministerial No. 009-93 de fecha 18 de enero, 1993, Acuerdo Ministerial No. 10-93 de fecha 18 de enero, 1993, Acuerdo Ministerial No. 567-d.p. de fecha 12 de octubre de 1990, Acuerdo Ministerial No. 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, Acuerdo No.161-98 de fecha 4 de agosto de 1998, Acuerdo No. 171-98 de fecha 19 de agosto de 1998, Acuerdo Ministerial No. 008-2018 de fecha 17 de enero del 2018, Acuerdo Ministerial No. 007-2019 de fecha 16 de enero del 2019, Acuerdo Ministerial No. 003-2020 de fecha 15 de enero del 2020 y Acuerdo Ministerial No. 003- 2021 de fecha 5 de enero del 2021. ACUERDA: