VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 10-2022 | 6 de junio de 2022 | Poder Judicial | La Gaceta No. 35,942
Resolución No. 10-2022 — Derogación y modificación de numerales de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas
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Resumen
Esta resolución del Banco Central moderniza las reglas del mercado de divisas en Honduras. Elimina la capacidad del BCH de vender divisas directamente y simplifica los reportes que deben enviar los bancos y casas de cambio, requiriendo ahora solo información diaria de sus tenencias de divisas antes de las 10 a.m. del siguiente día hábil.
Cadena de Modificaciones
Considerandos
- 1.Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
- 2.Que en el marco del plan de modernización operacional de la política cambiaria y de la estrategia de desarrollo del Mercado Organizado de Divisas, desde junio de 2021, el BCH culminó con el proceso gradual de liberalización del 100% de la entrega de divisas por parte de los agentes cambiarios al BCH, trasladando de esta forma la atención de la demanda de divisas del sector privado de la economía a los agentes cambiarios.
- 3.Que para las operaciones de compra y venta de divisas que realice el BCH y sus agentes cambiarios, así como las que efectúe el sector público, se aplicará el Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas; asimismo, la Normativa Complementaria a dicho Reglamento, a fin de facilitar su cumplimiento y aplicación.
- 4.Que mediante Acuerdo No.07/2021 del 3 de junio de 2021, se aprobó la Normativa Complementaria del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, la cual fue reformada mediante acuerdos No.17/2021, No.03/2022 y No.05/2022, del 9 de diciembre de 2021, 3 y 31 de marzo de 2022, respectivamente, todos emitidos por el Directorio del Banco Central de Honduras.
- 5.Que de acuerdo con el comportamiento de la oferta y demanda de divisas se determinó que la economía genera los flujos de divisas que permiten a los agentes cambiarios atender directamente la demanda de divisas del sector privado de la economía.
- 6.Que conforme con la propuesta presentada por el Departamento de Operaciones Cambiarias de esta Institución al Comité de Divisas en la Sesión Ordinaria No.14/2022 del 27 de mayo de 2022, referente a la solicitud de la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba), sobre los tiempos de envío de los Saldos de Tenencia de divisas de los agentes cambiarios, así como el reporte consolidado de compra y venta de divisas en forma preliminar, el Comité de Divisas aprobó someter a consideración de este Directorio la eliminación del numeral 8.2 y la modificación del numeral 8.6 de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, en el sentido que los agentes cambiarios remitan diariamente a más tardar a las 10:00 a.m. del siguiente día hábil al de la realización de las operaciones y por los medios indicados por el BCH, el dato de los saldos contables de las cuentas del balance analítico que conforman la tenencia de divisas, asimismo, dar de baja al envío del reporte consolidado de compra y venta de divisas preliminar.
- 7.Que en el Punto 3 del Acta de la Sesión Ordinaria No.14/2022 del Comité de Divisas antes referida y de acuerdo con el análisis del comportamiento del mercado cambiario, se acordó someter a consideración de este Directorio la modificación a la normativa cambiaria, en el sentido de eliminar de la misma los numerales 5, 5.1, 5.2, 5.3 y literal f) del numeral 6.1 de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, relacionado con la potestad del BCH de vender divisas directamente.
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