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Decreto No. 14-2022 | 4 de junio de 2022 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,941

Acuerdo Ministerial No. 14-2022 — Delegación de facultades a Subsecretaria de Justicia para firmar resoluciones

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Resumen

Estos acuerdos autorizan a funcionarios de la Secretaría de Justicia (Subsecretaria y Secretario General) para firmar resoluciones y documentos administrativos en lugar del Secretario de Estado. Esto agiliza los trámites permitiendo que funcionarios de rango inferior tomen decisiones en asuntos específicos sin esperar la firma del titular.

Considerandos

  1. 1.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
  2. 2.Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.
  3. 3.Que el Reglamento de organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo establece que los Subsecretarios de Estados por un acto de delegación del señor Secretario de Estado del ramo podrán conocer y resolver asuntos determinados o específicos y sustituirlo en caso de ausencia.
  4. 4.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 60-2022 de fecha 03 de febrero de 2022, se nombró a 1a ciudadana CARMEN HAYDEÉ LOPEZ FLORES como Subsecretaria de Estado en el Despacho de Justicia.
  5. 5.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la, Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directors Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
  6. 6.Que las providencias se emitirán para darle curso al procedimiento administrativo, las cuales serán firmadas por el titular del órgano que las emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones.
  7. 7.Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos documentos jurídicos.
  8. 8.Que el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Secretario de Estado, el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas.
  9. 9.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 2-2022 de fecha 27 de enero de 2022, se nombró al ciudadano CELSO DONADIN ALVARADO HERNANDEZ, como Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.

Articulos

Articulo 1

Delegar en la ciudadana CARMEN HAYDEÉ LOPEZ FLORES, quien se desempeña como Subsecretaria de Estado en el Despacho de Justicia, la facultad de firmar las resoluciones, que corresponden al Secretario de Estado en trámites administrativos que se gestionan ante la Secretaría de Estado.

Articulo 2

El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha. EDIS ANTONIO MONCADA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho (08) días del mes de febrero de dos mil veintidós (2022). TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO CELSO DONADIN ALVARADO HERNANDEZ SECRETARIO GENERAL Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 15-2022 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la, Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directors Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que las providencias se emitirán para darle curso al procedimiento administrativo, las cuales serán firmadas por el titular del órgano que las emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones. CONSIDERANDO: Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos documentos jurídicos. CONSIDERANDO: Que el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Secretario de Estado, el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 2-2022 de fecha 27 de enero de 2022, se nombró al ciudadano CELSO DONADIN ALVARADO HERNANDEZ, como Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. POR TANTO; En uso de sus atribuciones y en aplicaciones de los Artículos 33, 34, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 1 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 24 y 26 del Decreto Ejecutivo PCM-008-97 que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. ACUERDA:

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