VigenteCategoria: Administrativo
2 de junio de 2022 | La Gaceta No. 35,939

Acuerdo — Reforma de Artículos 13 y 14 del Reglamento de Admisión de Estudiantes a la UNAH

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Esta reforma permite que los estudiantes que aspiran ingresar a la UNAH puedan presentar la prueba de admisión (PAA) hasta cuatro veces en lugar de tres, y sus resultados serán válidos por cuatro períodos académicos consecutivos en lugar de dos. Esto beneficia a estudiantes de primer ingreso, especialmente aquellos afectados por la pandemia de COVID-19, dándoles más oportunidades para ser admitidos.

Considerandos

  1. 1.Que la Admisión es el proceso mediante el cual la UNAH comprueba si el aspirante a ingresar a cualquiera de sus Carreras de grado o posgrado en modalidad presencial o a distancia, reúne los requisitos establecidos del Nivel de Educación Superior y se regirá por su propio Reglamento.
  2. 2.Que las Normas Académicas de la UNAH, en Artículo 196 consideran los siguientes componentes de Admisión: a) Aspirantes de primer ingreso que entrarán al nivel de Educación Superior después de cursar la Educación Media; b) Aspirantes a Cambio de Carrera, que son estudiantes de reingreso ya matriculados en la UNAH; c) Aspirantes graduados en la UNAH o en otra institución de Educación Superior, nacional o extranjera, que opten por estudiar una nueva Carrera de grado o de posgrado en la UNAH; y, d) Aspirantes no graduados de otras universidades nacionales y extranjeras a nivel de grado o posgrado que opten por estudiar una Carrera en la UNAH.
  3. 3.Que las mismas Normas Académicas, en su Artículo 198 establece que “Los aspirantes que por primera vez ingresarán a la UNAH, después de cursar la educación media y que no han estado matriculados en otra institución de educación superior, deberán someterse, obligatoriamente, a la Prueba de Aptitud Académica (PAA) o la prueba institucional de admisión vigente”.
  4. 4.Que, en el marco del Plan General de la Reforma Integral de la UNAH, la Comisión de Transición en el año 2006 (Acuerdo No. CT- UNAH-102-2006) aprobó la aplicación de la Prueba de Aptitud Académica (PAA) del College Board, llevando a cabo la primera aplicación el 10 de diciembre de 2006, desde entonces la UNAH garantiza una admisión transparente, eficiente, de calidad y con participación democrática. Actualmente el College Board sirve a destacadas instituciones educativas localizadas en 11 países de América Latina: Bolivia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Puerto Rico, República Dominicana y Uruguay.
  5. 5.Que la Prueba de Aptitud Académica (PAA), permite reconocer áreas de fortalezas y de mejoramiento para los estudiantes admitidos a la UNAH, identificar estudiantes sobresalientes y aspirantes que requieren refuerzos académicos.
  6. 6.Que el Reglamento de Admisión de los Estudiantes a la UNAH, en Artículo 14 establece que: “El aspirante tendrá derecho a realizar la prueba de admisión únicamente en dos ocasiones”. En el 2009, el Consejo Universitario en Acuerdo No. CU-O-092- 010-2009, reformó el Artículo 14 del referido reglamento, aprobó en su literal f) que: “El aspirante tendrá derecho a realizar la prueba de admisión hasta por tres ocasiones [...]”.
  7. 7.Que el Acuerdo Número CU-O-092- 010-2009, aprobado en Acta Número 6, de la Sesión Ordinaria del Consejo Universitario, celebrada en fecha 30 de octubre de 2009, y ratificada en Acta correspondiente a la Sesión del mes de noviembre de 2009, fue publicado en “La Gaceta” número 32,194 del viernes 23 de abril de 2010.
  8. 8.Que de conformidad al Artículo 13 del mismo Reglamento de Admisión de los Estudiantes a la UNAH, “los resultados obtenidos por los aspirantes admitidos serán válidos durante un año calendario, contado a partir de la fecha en que realizó la Prueba de Admisión correspondiente a su situación. El aspirante podrá realizar y consolidar su matrícula mientras los resultados estén vigentes. La no consolidación de la matrícula en este período de tiempo obligará al aspirante a someterse nuevamente al proceso de admisión”.
  9. 9.Que el Consejo Universitario en Acuerdo No. CU-O-035- 04-2018 aprobó: Reformar el Artículo 13 del Reglamento de Admisión de Estudiantes a la UNAH, en el sentido que los resultados de la PAA tengan validez para dos períodos consecutivos de matrícula, para estudiantes de primer ingreso, por lo cual, se debe eliminar de dicho Reglamento, lo referente al “año calendario a partir de la fecha en que se realizó la PAA”.
  10. 10.Que Honduras, en el año 2020 y 2021 ha sufrido los efectos de la pandemia mundial ocasionada por el Coronavirus, situación que aún persiste y ha incrementado los problemas de salud, sociales y económicos; generando que muchos estudiantes que habían aprobado la PAA no lograran realizar en tiempo y forma su ingreso a la UNAH por diversas razones.
  11. 11.Que, de manera oficial, actualmente el aspirante tiene la oportunidad de realizar hasta tres veces la Prueba de Aptitud Académica (PAA). Hasta el 2022 se registra un total de 427,294 aspirantes que han realizado la PAA desde el 2006, de las cuales únicamente el 2.5% no ha alcanzado el puntaje mínimo requerido en las tres oportunidades que se le otorgan para ser admitidos a la UNAH.

Leyes relacionadas

Acuerdo — Reforma de artículos del Reglamento de Viáticos del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola
Este acuerdo reforma el Reglamento de Viáticos del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola para igualarlo con el de los funcionarios del Poder Ejecutivo. Establece cinco categorías de empleados con montos diarios diferentes según la zona geográfica, regula cómo se calculan los viáticos (por noches fuera de la oficina) y quién autoriza los viajes. Beneficia a todos los empleados del banco al clarificar derechos y responsabilidades en desplazamientos.
Decreto | 2016
Acuerdo ejecutivo de reforma al artículo 210 del Reglamento General del Estatuto del Docente Hondureño (Decreto 001-2013)
Esta reforma permite que las Juntas de Selección Docente funcionen sin los representantes de organizaciones magisteriales si estas se rehúsan a acreditarlos, permitiendo que continúen las labores con solo los representantes de la Secretaría de Educación. Beneficia la continuidad administrativa en la selección y evaluación de docentes cuando hay conflictos políticos entre el gobierno y los sindicatos.
Decreto 001-2013 | 2014
Acuerdo No. SEN-123-2024 — Reforma al Sistema de Precios de Paridad de Importación de Combustibles Derivados del Petróleo
Esta reforma actualiza cómo se calculan los precios máximos de gasolina y otros combustibles en Honduras. Cambia la fórmula para determinar precios de referencia usando datos internacionales, aumenta la calidad mínima de gasolina regular, y ajusta los costos de transporte marítimo y financieros. Beneficia a consumidores al modernizar el sistema de precios.
Decreto SEN-123-2024 | 2024
Acuerdo No. 031-2024 — Reforma del Reglamento Administrativo de Uso de los Fondos de las Garantías Varias Depositadas en el ICF
Este acuerdo reforma cómo el ICF utiliza el dinero que las empresas depositan como garantía al aprovechar recursos forestales. Permite que el ICF use esos fondos para restaurar bosques, hacer compras y contratar servicios necesarios, y establece el proceso para devolver el dinero a quienes cumplan correctamente con las normas forestales.
Decreto 031-2024 | 2024
Acuerdo Ministerial No. 083-2015 — Reforma de facultades delegadas para certificar y extender Certificados de Origen y de Cuotas Arancelarias de Azúcar
Este acuerdo autoriza a nuevos funcionarios del Ministerio de Desarrollo Económico a firmar y emitir Certificados de Origen y de Cuotas Arancelarias de Azúcar para comercio con China (Taiwán). Amplía las firmas delegadas para agilizar los trámites de exportación y mantiene a los funcionarios previamente autorizados en sus facultades.
Decreto 083-2015 | 2015