VigenteCategoria: Ambiental
Decreto No. 003-2020 | 13 de mayo de 2021 | Poder Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 003-2020 — Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales
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Resumen
Esta ley establece reglas obligatorias para que empresas, industrias y municipios traten y controlen el agua residual antes de descargarla en ríos, lagos o sistemas de alcantarillado. Busca prevenir la contaminación del agua, proteger la salud pública y preservar la flora y fauna. Quien no cumpla con los estándares técnicos requeridos será sancionado.
Considerandos
- 1.Que la contaminación de los cuerpos de agua del país incrementa la proliferación de enfermedades, reduce el número de fuentes disponibles para el abastecimiento de agua para consumo humano y usos productivos, pone en peligro la sobrevivencia de muchas especies de flora y fauna y genera costos a las personas, a las unidades de producción y al Estado.
- 2.Que el Estado adoptará cuantas medidas sean necesarias para prevenir o corregir la contaminación del ambiente y proteger la salud de las personas. La descarga y emisión de contaminantes, se ajustarán obligatoriamente a las regulaciones técnicas que al efecto se emitan, así como a las disposiciones de carácter internacional, establecidas en convenios o acuerdos bilaterales o multilaterales suscritos por Honduras.
- 3.Que el Código de Salud y sus Reglamentos, Norma Técnica de las Descargas de Aguas Residuales a cuerpos receptores y alcantarillado sanitario, establecen que el vertimiento de residuos líquidos en los cuerpos de agua debe someterse a los requisitos y condiciones que establezcan los mismos, teniendo en cuenta las características del sistema de alcantarillado y de la fuente receptora correspondiente.
- 4.Que la Ley General del Ambiente establece que el Estado, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud y con la colaboración de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, vigilará el cumplimiento de las
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