Acuerdo Ejecutivo No. 035-DP-2026 — Cancelación de Secretaria Ejecutiva de CICESCT y nombramiento interino
Considerandos
- 1.Que la Ley General de la Administración Pública en el artículo 11, Sección Primera referente a la Presidencia de la República describe que: El Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 2.Que de conforme a las atribuciones conferidas y en aplicación de los artículos 245 numerales 1, 11 y demás aplicables de la Constitución de la República; artículos 11, 116, 118 y demás aplicables de la Ley General de la Administración Pública; Artículo 7, 8, 9, 10, 12 y 15 Ley Contra la Trata de Personas; artículo 9, 10 y 12 del Reglamento de la Ley Contra la Trata de Personas y demás normativa aplicable.
- 3.Que mediante Decreto Legislativo 59-2012, se crea la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT) como un órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, con personalidad jurídica, autonomía organizativa, técnica y financiera y presupuestaria.
- 4.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM 03-2018, la Presidencia de la República decidió adscribir la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT) a la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos.
- 5.Que el artículo 3 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo en su párrafo sexto, dispone que “los órganos de la Administración Pública, incluyendo las Instituciones Autónomas, coordinarán sus actividades por sectores atendiendo los fines y objetivos establecidos en las políticas nacionales, con el objeto de evitar interferencias o la pérdida de recursos y asegurar la eficiencia y eficacia en la actividad administrativa” extremo que se aleja de la situación actual en la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT).
- 6.Que en fecha uno (1) de junio de 2022 la Presidenta Constitucional de la República de Honduras Iris Xiomara Castro Sarmiento juramentó de manera interina a la ciudadana SUA MADAI MARTÍNEZ IBARRA, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,076 del 14 de noviembre del 2022, cancelando a la ciudadana ROSA ISABEL COREA AGUILAR, quién había sido nombrada en fecha nueve (9) de marzo de 2021, efectivo a partir del 01 de mayo de 2021; mediante Acuerdo Ejecutivo número SEDH- 003-2021, mediante Acuerdo Ejecutivo número 359-A-2022 de fecha 01 de junio de 2022.
- 7.Que mediante Resolución No. 002-2023, contenida en el Punto Único del Acta de Sesión Extraordinaria de Junta Directiva No. 001-2023, de fecha dieciséis (16) de agosto de dos mil veintitrés (2023), fue nombrada la ciudadana SUA MADAI MARTÍNEZ IBARRA, en el cargo de Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras (CICESCT).
- 8.Que el Presidente de la República como máxima autoridad nacional, tiene la facultad de organizar, dirigir y reestructurar sus órganos y dependencias conforme al interés público, asegurando el adecuado funcionamiento institucional y la eficiencia en la prestación del servicio de la Administración Pública.
- 9.Que resulta necesario adoptar medidas administrativas orientadas al fortalecimiento institucional, coordinación interinstitucional y optimización de la gestión administrativa y técnica de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT).
Articulos
Articulo 1
CANCELAR a la ciudadana SUA MADAI MARTÍNEZ IBARRA, en el cargo de Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT), nombrada mediante Resolución No. 002-2023 de fecha 16 de agosto de 2023 con una efectividad a partir del día 25 de mayo de 2026.
Articulo 2
Una vez se entregue el Informe de la gestión realizada en función de su cargo por la ciudadana SUA MADAI MARTÍNEZ IBARRA, se procederá al pago de los derechos laborales adquiridos.
Articulo 3
Nombrar de manera interina a la ciudadana ELIZABETH RODRÍGUEZ VALLADARES, como Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT), quien deberá tomar posesión de su cargo de conformidad con la ley.
Articulo 4
El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata a partir de su notificación y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 25 días del mes de mayo de dos mil veintiséis. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente de la República JUAN CARLOS GARCIA MEDINA Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia Poder Legislativo