ReformadaCategoria: Mercantil
Decreto No. 01-CDPC-2014-AÑO-IX | 14 de marzo de 2014 | Poder Judicial | La Gaceta No. 33,066

Resolución No. 01-CDPC-2014-AÑO-IX — Ajuste por inflación de montos de multas según Índice de Precios al Consumidor

Cadena de Modificaciones

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el artículo 43 de la Ley para la Defensa y Promoción de la Competencia (Ley), a efecto de mantener el valor constante del monto de las multas establecidas en dicho ordenamiento jurídico, se establece la obligación de ajustarlo durante el primer trimestre de cada año, de acuerdo con los datos oficiales del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al año inmediato anterior publicado por el Banco Central de Honduras.
  2. 2.Que en atención a la obligación antes relacionada, y sin perjuicio de las demás obligaciones que se deriven de la Ley, el ajuste se aplicará a los montos de las multas establecidas en los artículos 41, 42 y 46 de la Ley.
  3. 3.Que la Comisión mediante RESOLUCIÓN NÚMERO 01-CDPC-2013-AÑO-VIII., de fecha uno de febrero de dos mil trece, publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, número 33,066 de fecha 4 de marzo de 2013, ajustó por inflación en un porcentaje que en promedio se estimó en un cinco punto cuatro por ciento (5.4%), conforme al índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de Honduras (BCH), durante el año 2013, el monto del valor de las sanciones establecidas en los artículos 41, 42 y 46 de la Ley para la Defensa y Promoción de la Competencia.
  4. 4.Que entre los datos publicados por el Banco Central de Honduras está el Índice de Precios al Consumidor (IPC), correspondiendo al año inmediato anterior, esto es, al 2013, un porcentaje sobre la base de la variación interanual (Diciembre-Diciembre) del IPC del cuatro punto nueve por ciento (4.9%), según las cifras publicadas por el BCH.

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