Acuerdo Ejecutivo No. 011-2021 — Autoriza a la Procuraduría General de la República para aceptar donación a favor de CONVIVIENDA
Considerandos
- 1.Que de conformidad al artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene la Administración General del Estado y entre otras atribuciones le corresponde emitir los Acuerdos y Decretos conforme a la Ley.
- 2.Que Honduras es parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), instrumento en el que los Estados partes reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluyendo éste una vivienda adecuada. Por lo cual, los Estados Partes adoptarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho.
- 3.Que la Constitución de la República en su artículo 228 establece que la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley.
- 4.Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en su artículo 19 numeral 3) establece que la Procuraduría tendrá a su cargo la personería del Estado y serán ejercidas por el Procurador General de la República, a quien se le atribuye la facultad de comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo, al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la Nación.
- 5.Que mediante Acuerdo de Nombramiento número 08-2018 de fecha veintisiete de ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL enero del dos mil dieciocho (27/01/2018) y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha tres de febrero del dos mil dieciocho (03/02/2018) ejemplar N° 34,559 se Nombra al ciudadano Ebál Jair Díaz Lupián, en el cargo de Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia.
- 6.Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.043-2020 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 07 de Octubre de 2020, el Presidente Constitucional de la República, delegó en el Ingeniero Carlos Alberto Madero Erazo como Secretario de Coordinación General de Gobierno, la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, son su potestad.
- 7.Que mediante instrumento número ochenta y siete (87) de fecha veintisiete (27) de enero del año dos mil veintiuno (2021), inscrito bajo el número de matrícula cero cero cero cero cero cero cinco siete nueve cuatro tres guion cero cero cero cero cero (0000057943- 00000) y número de asiento diez (10) del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil, la sociedad mercantil denominada PRIDE MANUFACTURING, S. DE R. L, autorizó la donación de un inmueble inscrito a su favor cuya ubicación del inmueble es denominado “La Magdalena o Santa Cruz de la Enea”, Aldea Montegrande, jurisdicción del Municipio de Quimistán, departamento de Santa Bárbara a favor del Estado de Honduras, con el objetivo que el mismo sea utilizado para desarrollar programas de proyectos de vivienda social a través de Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA).
- 8.Que la persona humana es el fin supremo de la Sociedad y el Estado y la regularización de la propiedad incrementa la seguridad jurídica y le permite al país alcanzar niveles de desarrollo que generen bienestar para toda la población.
Articulos
Articulo 1
Autorizar a la Procuradora General de la República para que en nombre y representación del Estado de Honduras, comparezca, sin más trámite, ante Notario Público a suscribir la Escritura Pública aceptando la donación a favor de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) de una fracción del siguiente inmueble: fracción de tierra en el terreno denominado “La Magdalena o Santa Cruz de la Enea”, Aldea Montegrande, jurisdicción del Municipio de Quimistán, Departamento de Santa Bárbara que estando el bien inmueble que se individualizó de uno de mayor cabida, mediante escritura pública número trescientos trece (313) de fecha veinticuatro de octubre del dos mil siete e inscrito bajo el número 74, del Tomo novecientos setenta y nueve del Instituto de la Propiedad del Departamento de Santa Bárbara.
Articulo 2
La totalidad de los honorarios notariales y gastos en que se incurra por la escrituración e inscripción en el Registro respectivo del inmueble descritos en el numeral anterior correrán por cuenta del Estado de Honduras a través de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos CONVIVIVENDA.
Articulo 3
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno por delegación del Presidente de la República. Acuerdo Ejecutivo No.043-2020 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 07 de octubre de 2020. EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA